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Lunes, 9 de diciembre de 2002
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EL CODIGO PARA PYMES DE LA UIA

Salarios basura

La UIA quiere cambios en las leyes laborales que implican la casi desaparici贸n de los derechos de los trabajadores.

Por Enrique Arceo y Claudio Lozano *

La Uni贸n Industrial Argentina ha sido la pertinaz impulsora de una devaluaci贸n cuyas modalidades e instrumentaci贸n revelan el exclusivo objetivo de lograr una abrupta ca铆da de los salarios y licuar las deudas de los grandes grupos empresarios a costa de los ahorristas y la comunidad en su conjunto. Logrado este objetivo pretende utilizar la crisis generada por la pol铆tica econ贸mica, que contribuy贸 decisivamente a implementar, para ampliar su base de sustento empresaria y profundizar la ofensiva contra los trabajadores.
Con tal fin pretende erigirse en portavoz de las medianas y peque帽as empresas cuya desaparici贸n apoy贸 durante m谩s de una d茅cada al aplaudir la apertura econ贸mica y la contracci贸n de la demanda, convalidar la aplicaci贸n a las pymes de tasas de inter茅s exorbitantes y ser, a trav茅s de sus integrantes de mayor peso, activa part铆cipe del acelerado proceso de concentraci贸n y centralizaci贸n del capital vivido en nuestro pa铆s. A tales efectos ha enunciado un programa de emergencia laboral-productivo y elaborado un C贸digo Laboral para la Peque帽a y Mediana Empresa.
El programa tiene como 煤nico objetivo dejar sin efecto los impedimentos para realizar despidos masivos sin causa justificada y la consecuente obligaci贸n de las empresas, bajo apercibimiento si realizaren los despidos de pagar doble indemnizaci贸n, de someterse a un procedimiento previo de crisis con intervenci贸n del Ministerio de Trabajo y de los trabajadores conforme lo dispuesto en los decretos 264 y 265 del 2002.
El programa de la UIA establece, en efecto, la facultad para las empresas de proceder, sin procedimiento de ning煤n tipo, a suspender personal durante un lapso de hasta doce meses con percepci贸n del 50 por ciento de la remuneraci贸n neta con car谩cter de prestaci贸n no remunerativa y conservaci贸n de la obra social. Al finalizar el plazo el trabajador percibir谩 la indemnizaci贸n por despido en doce cuotas mensuales. No se prev茅 control administrativo de ning煤n tipo ni sanci贸n para el empleador que utilizare este procedimiento para despedir, con elevado plazo de financiaci贸n, a personal formal de elevada antig眉edad para sustituirlos por trabajadores precarios o dispuestos a trabajar por una remuneraci贸n sustancialmente menor.
Se trata de un proyecto que viola el m谩s elemental sentido com煤n econ贸mico. Para evitar la profundizaci贸n de la crisis es necesario evitar los despidos y, con ellos, la espiralizaci贸n de la recesi贸n. Este objetivo no es adecuadamente cubierto ni por la normativa vigente ni por el accionar del Ministerio de Trabajo. Pero el proyecto de la UIA constituye un est铆mulo para un accionar a煤n m谩s proc铆clico del mercado de trabajo y otorgar铆a a las empresas un poderos铆simo instrumento para negociar en condiciones extremadamente ventajosas, independientemente de los efectos de la crisis, la desvinculaci贸n de su personal formal de mayor antig眉edad o firmeza en la defensa de sus derechos.
El dise帽o completo de las relaciones laborales ambicionadas por la UIA y el tipo de pa铆s que las mismas implican son retratadas por entero en su segundo y m谩s ambicioso proyecto: el C贸digo Laboral para la Peque帽a y Mediana Empresa. El mismo no se ampara en una situaci贸n de emergencia. Pretende un cambio estructural en las relaciones laborales y supone un cercenamiento radical tanto de los derechos individuales de los trabajadores como de sus derechos gremiales. Cabe en primer lugar se帽alar que se aplicar铆a a 鈥渓as unidades de producci贸n econ贸mica de bienes y servicios鈥 de hasta 200 trabajadores o que facturen menos de 20 millones de pesos. Esta definici贸n engloba seguramente a m谩s del 90 por ciento de los establecimiento y del 70 por ciento del total de la mano de obra ocupada, quedando abierto el camino para el encuadramiento de pr谩cticamente la totalidad de las empresas, ya que su conformaci贸n como grupos con m煤ltiples establecimientos permite fraccionar sus actividades en numerosas unidades. En apretada s铆ntesis lo que se propone, respecto de los trabajadores, es un per铆odo de prueba de 365 d铆as; pago del aguinaldo hasta en doce cuotas; una indemnizaci贸n m谩xima, abonada en cuotas, equivalente a tres meses de sueldo, cualquiera sea la antig眉edad del trabajador y aplicable a todos los trabajadores, aun a los que estuvieren empleados con anterioridad a la vigencia del nuevo C贸digo; preaviso de s贸lo 15 d铆as; reducci贸n de las vacaciones a un m谩ximo de veinti煤n d铆as corridos que pueden ser otorgados en forma fraccionada, m谩s un per铆odo 鈥渙pcional鈥 sin goce de sueldo de 15 d铆as; eliminaci贸n de todo derecho derivado de la antig眉edad; eliminaci贸n del accidente de trabajo in itinere; reducci贸n a la mitad de la licencia paga por enfermedad; polifuncionalidad de tareas obligatoria; eliminaci贸n del estatuto del viajante, etc茅tera.
El C贸digo, es evidente, no procura salvar a las peque帽as y medianas empresas. El modelo de pa铆s impl铆cito en el proyecto de c贸digo de la UIA es el de una plataforma de exportaciones sustentada en el precio vil del trabajo; es un modelo para pocos trabajadores y empresas, necesariamente autoritario y empobrecedor, pues la entrega de recursos naturales y trabajo a un precio cada vez m谩s reducido, como es una constante en los pa铆ses que siguen ese modelo, est谩 necesariamente acompa帽ada de la concentraci贸n del ingreso y la riqueza en un marco de reducci贸n de los ingresos del conjunto de la poblaci贸n y en especial de los trabajadores.

* Economistas de la CTA.

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