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Domingo, 1 de febrero de 2015
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Presupuestos y la aplicaci贸n de contribuciones fiscales en distritos bonaerenses

La presi贸n municipal

Discutir de modo integral una reforma tributaria necesita tambi茅n poner sobre la mesa los mecanismos de recaudaci贸n de las provincias y los municipios. Los casos de los distritos gobernados por intendentes que participan del Frente Renovador.

Por Hern谩n Letcher y Julia Strada *

Hacia fines de cada a帽o, se discute en los concejos deliberantes de la provincia de Buenos Aires la ordenanza fiscal e impositiva que establece la aplicaci贸n de las tasas para el a帽o siguiente.

Ya para el Presupuesto 2014, los distritos gobernados por intendentes que participan del Frente Renovador (San Mart铆n, San Miguel, Pilar, Malvinas Argentinas, Hurlingham, San Fernando, Escobar, Vicente L贸pez, Jun铆n) presentaron presupuestos y ordenanzas fiscales calcados: propusieron la implementaci贸n de tasas que ya hab铆a implementado anteriormente su jefe pol铆tico en Tigre.

Del mismo modo que los medios han instalado la demonizaci贸n de la presi贸n fiscal nacional, han ocultado las variaciones de dicha norma en el orden local. La raz贸n principal de esta decisi贸n ha estado vinculada con invisibilizar las modificaciones fiscales que perjudicaran a intendentes que comulgan con la oposici贸n. El aumento de la presi贸n tributaria indefectiblemente implica un costo pol铆tico y es evidente que han intentado que tal costo recaiga exclusivamente sobre el nivel nacional.

De la revisi贸n de las modificaciones en las ordenanzas 2014 y 2015 se efect煤a el siguiente an谩lisis:

- Aumento de ALSMI: se produjo para el Presupuesto 2015 un sensible aumento de los ingresos por ALSMI (Alumbrado, Limpieza y Servicios Municipales Indirectos). Se observa un aumento de las al铆cuotas del orden de entre 30 y 40 por ciento.

- Escalones: no hubo actualizaci贸n de los escalones de ingresos en las diversas tasas. Esto implica que el contribuyente, en la medida en que aumentan sus ingresos, queda encuadrado en un escal贸n superior de tributaci贸n sin aumentar su capacidad contributiva. Es parad贸jico que los dirigentes massistas cuestionen insistentemente esta problem谩tica en el Impuesto a las Ganancias, pero no muestren la misma preocupaci贸n cuando se refiere al orden local.

- Habilitaciones: hubo un fuerte aumento de la tasa de habilitaci贸n de determinadas actividades para el per铆odo 2014. Esta decisi贸n no estuvo vinculada con fomentar o desalentar ciertas actividades sino con fines recaudatorios (por ejemplo, en San Mart铆n la instalaci贸n de una remiser铆a aument贸 un 600 por ciento). En el presupuesto para 2015 los aumentos rondan entre el 35 y 50 por ciento.

- Simplificaci贸n: para el Presupuesto 2014, la monotasa (una especie de monotributo de tasas municipales) fue modificada, incluyendo un adicional de 30 por ciento para determinadas localizaciones en el 谩mbito c茅ntrico de la ciudad.

- Tasa ambiental: se impuls贸 la aplicaci贸n de una nueva, la tasa ambiental por generaci贸n de residuos 谩ridos y afines. La misma no tiene contraprestaci贸n prevista en servicios (siendo que las tasas por definici贸n importan contraprestaci贸n).

- Envases y afines: se promovi贸 la aplicaci贸n de una nueva tasa por comercializaci贸n de envases no retornables y afines. Varias cuestiones a considerar sobre la misma:

Un juzgado civil y comercial ya resolvi贸 la nulidad de la tasa impositiva aplicada por el intendente de Tigre que grava los envases pl谩sticos y met谩licos de bebidas y art铆culos de limpieza y tocador, alcanzando incluso los pa帽ales descartables. Si bien la resoluci贸n tiene un efecto particular y no universal, qued贸 la puerta abierta para que todas las empresas afectadas se presenten ante los Tribunales.

No existen motivos legales ni medioambientales para la imposici贸n de esta tasa, que incumple el principio 鈥渜uien contamina paga鈥 porque no grava la actividad contaminante en s铆.

Penaliza proporcionalmente mucho m谩s a las familias numerosas y con menores recursos.

Supone una doble imposici贸n porque las empresas que emplean envases ya pagan por la producci贸n de los mismos.

- Gesti贸n ambiental: se incorpor贸 la 鈥淐ontribuci贸n Fondo Fortalecimiento de Gesti贸n Ambiental鈥, que grava los servicios municipales de protecci贸n ambiental.

- Mantenimiento vial: se a帽adi贸 la aplicaci贸n de una nueva tasa llamada 鈥淭asa de Recuperaci贸n Vial鈥, muy significativa en t茅rminos de recaudaci贸n. Asimismo, sobre la 鈥淭asa de Recuperaci贸n Vial鈥, vale considerar:

Es de aplicaci贸n ilegal, porque se trata de un impuesto que s贸lo puede ser cobrado por el Estado nacional (a trav茅s de la ley 23.966 a los combustibles l铆quidos y GNC).

Presenta riesgo de judicializaci贸n: el 29 por ciento de la recaudaci贸n del impuesto a los combustibles l铆quidos y GNC (ley 23.966) es coparticipado a las provincias, las cuales se comprometieron por el decreto 1807/93, art铆culo 2, a 鈥渄erogar los impuestos provinciales espec铆ficos que graven la transferencia de combustible; [...] asimismo se promover谩 la derogaci贸n de tasas municipales que afecten los mismos hechos econ贸micos que los impuestos provinciales anteriormente detallados鈥 para el mismo per铆odo impositivo. Sumado a ello, el 10 por ciento de la coparticipaci贸n provincial que reciben los municipios corresponde al mantenimiento vial.

La Tasa Vial establece el pago de un monto fijo por cada litro de combustible l铆quido/GNC consumido. Esto supone una regresividad absoluta, al no tener en cuenta ni el nivel patrimonial ni de ingresos del contribuyente. Cuanto menor es el ingreso neto mensual, mayor resulta la proporci贸n destinada al pago de la Tasa Vial.

- Mejoras Urbanas: se promovi贸 la implementaci贸n de la Contribuci贸n Especial por Mejoras Urbanas, es decir, el cobro por obras que mejoren un barrio o una parte de un barrio. En las mismas ordenanzas se establece adem谩s que el Ejecutivo cuenta con amplias libertades para la percepci贸n de esta contribuci贸n.

Parad贸jicamente, los abanderados de la desregulaci贸n y de la reducci贸n impositiva para los empresarios (agroexportadores y tambi茅n industriales) son los que impulsan, como medidas recaudatorias, una imposici贸n regresiva sobre los habitantes de los municipios del conurbano de la provincia de Buenos Aires.

Discutir de modo integral una reforma tributaria necesita tambi茅n poner sobre la mesa los mecanismos de recaudaci贸n de las provincias y los municipios.

* Centro de Econom铆a Pol铆tica Argentina (CEPA)

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