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Domingo, 10 de julio de 2016
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El tarifazo y el precio del gas en boca de pozo

Excesivo, arbitrario e irrazonable

El ministro Juan Jos茅 Aranguren aprob贸 un nuevo cuadro tarifario para el gas a nivel nacional que significa una millonaria transferencia a las petroleras. En cambio, los usuarios residenciales e industriales padecen el tarifazo.

Por Andr茅s Repar y Marcos Rebasa *
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La resoluci贸n del Ministerio de Energ铆a y Miner铆a 28/2016 del 31 de marzo firmada por el ministro Juan Jos茅 Aranguren aprob贸 un nuevo cuadro tarifario para el gas a nivel nacional que es excesivo, arbitrario, irrazonable y sin la debida justificaci贸n que corresponde a todo acto p煤blico.

En esa resoluci贸n se decide el incremento de los valores de transporte y distribuci贸n del gas que se les abona a las empresas transportistas y distribuidoras de todos el pa铆s, sin guardar las debidas formalidades que exige el marco regulatorio respectivo. Pero, adem谩s y especialmente, se aumenta el precio del gas en boca de pozo (llamado PIST 鈥損recio de ingreso al sistema de transporte鈥 en la jerga regulatoria) que se les paga a los productores del gas (empresas petroleras). Para justificar esa decisi贸n se recurri贸 a la ley 25.561 de Emergencia Econ贸mica, de 2002, sin ninguna relaci贸n con esta medida extrema.

En el art铆culo 1潞 de esa resoluci贸n se fijan los nuevos valores del gas para los productores, o valor del gas en boca de pozo. Se expresan en moneda nacional, sin referencias a d贸lares por mill贸n de BTU, como ocurr铆a en 2002 con los precios por cuenca. Tambi茅n se fijan los valores de transporte y distribuci贸n.

El conjunto de estos dos aumentos figura en las facturas a los usuarios residenciales como cargo variable y mide la cantidad de gas consumida en el per铆odo (existe aparte un cargo fijo), y figura en la factura como 鈥渃argo m3 de consumo mes鈥. Este cargo variable es el que re煤ne los aumentos referidos y constituye lo que se ha denominado popularmente como 鈥渢arifazo鈥, por su magnitud, desmesura y desproporci贸n con los anteriores.

Este cargo variable contiene un importante 鈥渆nga帽o鈥 u 鈥渙cultamiento鈥 hacia los usuarios por cuanto en el mismo est谩n incluidos los dos conceptos antes referidos: el valor del gas producido y el valor de su transporte y distribuci贸n. El usuario no sabe cu谩l es la proporci贸n de cada uno, en cu谩l se han beneficiado los petroleros y en cu谩l los transportistas y distribuidores, estos 煤ltimos regulados por ser agentes de un servicio p煤blico.

Esta 鈥渢rampa鈥 de informaci贸n al usuario sirve para ocultar esa circunstancia de asignaci贸n de los incrementos, al mismo tiempo que viola la cl谩usula constitucional del art铆culo 42 del derecho 鈥渁 una informaci贸n adecuada y veraz鈥 de la que carecen las actuales facturas.

En el promedio nacional de ese cargo variable para las distintas categor铆as de usuarios, el 80 por ciento corresponde al valor del gas producido con el que se retribuye a las empresas petroleras (tambi茅n denominado gas en boca de pozo), y el 20 por ciento a los transportistas y distribuidores. Para los usuarios residenciales ese porcentaje var铆a: el 65 por ciento pertenece al valor del gas y el 35 por ciento al de su transporte y distribuci贸n, lo que es comprensible por la cantidad y extensi贸n de los residenciales. De esa manera un porcentual de incremento en el valor del gas producido afecta mucho m谩s en la tarifa final que los porcentajes de incremento en el transporte y distribuci贸n.

Esta explicaci贸n sirve para evaluar y analizar parte importante del 鈥渢arifazo鈥 dado que el incremento del 75 al 90 por ciento promedio en el valor en d贸lares del gas en boca de pozo, el gas producido por las distintas petroleras, afect贸 en forma sustancial en las nuevas tarifas: por una parte porque la devaluaci贸n signific贸 un incremento en los precios de un 45 por ciento promedio en pesos, y por otra porque a ese aumento hay que sumarle la decisi贸n de Aranguren del ajuste: pasar de un valor promedio de 2,60 d贸lares el mill贸n de BTU (unidad de medida) a un precio de entre 4,50鈥5,00 d贸lares (seg煤n las cuencas) el mill贸n de BTU. O sea, entre un 75 y un 90 por ciento en d贸lares.

El problema y la insensatez proviene de una decisi贸n de aumento del valor del gas en boca de pozo que no tiene justificaci贸n: en la resoluci贸n 28 el ministro afirma que este ajuste en los valores se realiza 鈥溾ara promover inversiones en exploraci贸n y explotaci贸n del gas natural鈥 as铆 como para la incorporaci贸n de reservas鈥︹. Es un argumento totalmente falso y que esconde una transferencia de renta a favor de las empresas petroleras: estas compa帽铆as tienen un precio garantizado de 鈥済as nuevo鈥, es decir de nueva producci贸n que se demuestre sobre la tradicional de sus yacimientos, por valores de entre 5,40 a 7,50 d贸lares el mill贸n de BTU. Por lo cual este nuevo precio de la Res 28 que se les concede graciosamente no s贸lo no tiene ese fin alegado sino que por el contrario desalienta la producci贸n nueva y crecimiento de reservas: las petroleras tienen 5 d贸lares por unidad de medida garantizados, sin hacer ninguna inversi贸n y sin recurrir a los precios de gas nuevo que s铆 exigen inversiones y tr谩mites.

Ese incremento en el precio del gas en boca de pozo lo pagan todos los usuarios: los residenciales, los industriales y comerciales, y tambi茅n las usinas el茅ctricas, con lo cual se traslada tambi茅n al precio de la electricidad, aumentando a煤n m谩s su costo para los usuarios. Ahora bien, el monto aproximado de la transferencia de renta de todos los usuarios argentinos a las empresas petroleras por este motivo es de 2800 millones de d贸lares por a帽o. En d贸lares, la facturaci贸n anual aproximada de los productores de gas era de 4000 millones anuales, mientras que con este incremento subir谩 a 6800 millones.

Adem谩s de no tener justificaci贸n, esta transferencia a las empresas petroleras se concreta sin ning煤n tipo de contraprestaci贸n: no se exige el mantenimiento de los puestos de trabajo del personal de las empresas, ni se exige ninguna inversi贸n de las que tanto necesita el pa铆s en este rubro y que son el pretexto del incremento.

En las facturas que se reciben con los nuevos aumentos se podr谩 ver el cargo variable (m3 de consumo) que le corresponde a cada usuario, valor que se multiplica por los m3 consumidos en el per铆odo. All铆 se ver谩 que en ese valor el 铆ndice que figura contempla un incremento respecto de las facturas anteriores de entre 200 y 400 por ciento: es el resultado de la traslaci贸n del aumento del gas en boca de pozo, totalmente injustificado y sin motivaci贸n, y el aumento del transporte y distribuci贸n que si bien es alto y desproporcionado, est谩 relacionado con un servicio recibido.

Como se mencion贸, esos porcentajes (de 200 a 400 por ciento, seg煤n la regi贸n y la categor铆a tarifaria) son el resultado de trasladar a los usuarios el incremento del precio del gas en boca de pozo, y el de transporte y distribuci贸n en proporci贸n a la participaci贸n que tienen en el promedio nacional: 80 y 20 por ciento, respectivamente, con lo cual se verifica el efecto de la decisi贸n en las tarifas de casas y comercios: 鈥渢arifazo鈥.

Este incremento, cercano a los 5 d贸lares la unidad de medida, se otorga en momentos que el precio internacional del mismo producto est谩 en 2 d贸lares la unidad.

Estos aumentos se trasladan tambi茅n al GNC, que tendr谩 un precio mayor y beneficios proporcionales en toda su cadena, una de las cuales corresponde a las estaciones de servicio, en cuyo mercado Shell tiene 209 estaciones.

Se est谩 en presencia de un acto escandaloso por su proporci贸n y por la ausencia de fundamentos v谩lidos, es decir sin motivaci贸n, lo que podr铆a constituirlo en un acto nulo.

* Instituto de Energ铆a Scalabrini Ortiz (IESO).

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