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Domingo, 19 de julio de 2015
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Especulación, operaciones cambiarias sospechosas y organismos de control del mercado

Contado con liqui

La Corte Suprema no se pronunció sobre el abuso de la transacción denominada contado con liquidación, que permite a los grandes operadores conseguir dólares sin pasar por el mercado de cambio.

Por Cristian Carrillo
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El contado con liqui no es ilegal; su abuso por una misma entidad levanta sospechas de evasión y fuga.

Tras el desplome registrado la semana pasada en la Bolsa de Tokio, que acumuló un retroceso de 30 por ciento desde fines de junio, la Comisión Regulatoria del Mercado de Valores (CRMV) y el Ministerio de Seguridad Pública iniciaron una investigación para desenmascarar a los operadores detrás de este comportamiento. El objetivo fue atacar las “ventas en corto maliciosas”, es decir con fines especulativos, que violan las “leyes y reglamentos”. No bien se conoció la noticia, la tendencia se revirtió en cuestión de minutos y pasó a terreno positivo. En tanto, en Argentina se dio curso a una serie de investigaciones para desarticular operaciones especulativas con fines cambiarios y de fuga de capitales, de los que derivaron multas a bancos y sociedades de Bolsa. No obstante, el proceso encuentra en el sistema judicial un freno, según señalan desde los órganos de regulación. La decisión de la Corte Suprema de evitar pronunciarse sobre el abuso en operaciones denominadas de contado con liquidación es un ejemplo de esa situación.

Esta semana se exhibieron nuevos movimientos en el mercado paralelo, lo que llevó el precio del dólar blue a los 14,15 pesos sin que medien modificaciones en la política cambiaria. Las explicaciones que pudieron leerse en algunos medios vinculaban esa alza con la presentación que realizó la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) ante la Corte Suprema para que se expida por la causa de abuso fraudulento de la operatoria de contado con liqui por parte del banco BBVA Francés. El contado con liquidación es una operatoria en dos pasos que permite, mediante la compra de un bono en el país y su posterior venta en el extranjero, convertir pesos a dólares sin pasar por el mercado único de cambios. La operación es legal, pero su uso como reemplazo del mercado de cambios, no.

El BBVA Francés y sus directivos estaban acusados de fugar en 2006 unos 30 millones de dólares y de ingresar otros 20 millones con la modalidad “cable”, es decir, cuando la compraventa se realiza en simultáneo, algo que fue prohibido dos años después. La acusación no es por el uso de la herramienta sino por no haber cumplido con las mínimas normas de regulación que existen sobre este procedimiento, como los mínimos transados por persona física, la reiteración de los mismos clientes y la ausencia de comprobantes. Entre los funcionarios consultados dentro del gobierno hubo posiciones encontradas sobre el tema. Algunos vincularon la suba del blue con una señal a la Corte para que no tome el caso y defienden la persecución de estas operaciones especulativas, mientras que otros consideraban que lo mejor es “no hacer olas” para evitar las tensiones en el paralelo.

Se trata de otro caso en el que se naturaliza una operatoria ilegal, como sucede con las cuevas o arbolitos, incluso dentro del Ejecutivo. “El problema es que la ley penal cambiaria es poco clara y tiene zonas grises que el Francés aprovechó para abusar de ese mecanismo”, explicó Gabriel Pérez Barberá, fiscal general ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico y autor de la presentación ante la Corte. “En este momento el problema que plantea esta decisión de la Corte es que permanece un gravísimo estado de inseguridad jurídica”, agregó. Según explica, el problema principal no está en la absolución de los imputados, sino que la ley es complicada en lo que hace a la claridad de la tipificación de estas conductas. “Ni lo bancos, ni los ciudadanos, ni nadie sabe ahora si la manera en la que actuaron estas personas es típico o atípico”, señala el fiscal general.

En el Gobierno reconocen que se requiere modificar la actual Ley Penal Cambiaria, cuyo ordenamiento es de 1995, para hacerla más precisa. En tanto el Central aplicó desde octubre último multas por 500 millones de pesos por irregularidades en la operatoria cambiaria y la decisión de la Corte es un pésimo precedente para futuras apelaciones de bancos y firmas bursátiles sancionadas. “Necesitábamos que el máximo tribunal del país opinara sobre este tema. Lo que nos queda ahora es la impunidad sobre una forma de hacer operaciones cambiarias utilizando de manera fraudulenta el mercado bursátil, con el objeto de burlar el mercado de cambios”, concluyó Pérez Barberá.

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