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Domingo, 4 de febrero de 2007
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PROYECTO DE ELVIO VITALE PARA ESCRITORES

Ley contra el olvido

El ex director de la Biblioteca Nacional, ahora legislador, propone establecer una pensión para los escritores de la ciudad, “una reparación similar a la de Casa del Teatro con los actores”.

Por Silvina Friera
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El prestigio que implica ser escritor casi nunca se corresponde con la “realidad” material de quienes se dedican a este oficio. ¿Cuántos pueden vivir de los derechos de autor? Sobran los dedos de una sola mano; son pocos, dos o tres. En cambio, la gran mayoría trabaja de lo que consigue o de lo que puede, cuando trabaja, publica en pequeñas editoriales independientes –en el mejor de los casos– o se ve obligada a pagar las ediciones de sus obras. Muchos “murieron” dos veces: primero los mataron la privación y la miseria; después, la incomprensión y el olvido. Claro que no es lo mismo ser víctima de la arbitrariedad de las modas literarias que ser víctima de la desidia o el abandono estatal. El legislador del Frente para la Victoria Elvio Vitali presentará un proyecto de ley que establecerá un régimen previsional para los escritores. “Es un acto de justicia para los que le dedican mucho tiempo y esfuerzo a la escritura”, dice Vitali en diálogo con Página/12. “Es una reparación similar a la que realiza la Casa del Teatro con los actores que al final de su vida se encuentran sin nada.”

En el borrador del proyecto de ley que presentará el legislador kirchnerista el próximo 15 de febrero –cuando comenzará el período legislativo en la ciudad–, los escritores que serían beneficiados con la pensión percibirían una asignación mensual y vitalicia de dos veces y media la cantidad correspondiente a una jubilación ordinaria (aproximadamente 1250 pesos). Quedarán excluidos aquellos escritores que gocen de una jubilación o pensión, o que perciban un premio vitalicio que supere la cantidad de tres jubilaciones ordinarias. Para obtener el beneficio se deberá ser natural o tener residencia en la ciudad –no inferior a cuatro años–, tener la edad mínima exigida por el régimen previsional actual (65 años para los varones, 60 para las mujeres), haber publicado cinco libros mínimos en cualquiera de los géneros, los cuales deberán haber sido escritos en lengua española o aborigen del territorio argentino –incluye también las ediciones bilingües–, o acreditar una trayectoria pública reconocida que amerite la consecución del beneficio. Este beneficio se extenderá también a los escritores que, cualquiera fuera su edad, se encontrasen afectados por una incapacidad física o mental permanente e irreversible, siempre y cuando sean naturales o tengan residencia en la ciudad y cinco libros publicados. Los gastos que demandará la implementación de esta ley serán imputados a las partidas presupuestarias del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos.

“Estuvimos analizando si se podía tramitar como si fuera una jubilación, pero se complica desde la cuestión formal, así que vamos a proponer que salga como un subsidio que otorgará el gobierno de la ciudad”, aclara Vitali. “El aspecto más complicado es definir qué es un escritor, cuándo ha hecho un recorrido suficiente como para afirmar que su profesión ha sido ésa. En principio, se establece que haya publicado cinco libros en una editorial formal o que el libro haya tenido un recorrido vinculado con lo comercial, no una edición de autor que se repartió entre parientes y amigos y no está registrada en el ISBN (International Standard Book Number, en español Número Internacional Estándar del Libro), sino una edición que, más allá de las ventas, haya tenido la vida propia de un libro”, plantea el ex director de la Biblioteca Nacional. “Escribir es un oficio, pero hay una gran paradoja en el sistema capitalista: si el escritor tiene éxito no necesita una jubilación, pero en realidad la mayoría no logra vender la cantidad de libros suficientes para vivir dignamente. Es sólo un puñado de personas la que puede vivir de su derecho de autor. Todos los demás, no”, compara Vitali, quien recordó que una de las reivindicaciones de la Ley del Libro, contemplada ahora en el proyecto de creación del Instituto del libro, es la eximición del impuesto a las Ganancias. “El conjunto de escritores que cobra derecho, por ejemplo 2000 pesos al año, tiene que tributar ganancia, y al contratar a un contador para que le tramite el papelerío, ese monto se reduce a nada o termina perdiendo plata”, añade el legislador. “Igual siguen escribiendo porque la vocación es más fuerte que el dinero que está por detrás de todo esto.” Vitali planteará la discusión del proyecto en la Comisión de Comunicación Social, que preside, y cree que también pasará por la Comisión de Cultura.

La poeta Graciela Aráoz, presidenta de la Sociedad de Escritoras y Escritores de la Argentina (SEA), subraya que desde la fundación de esta entidad se ha advertido la necesidad de que los escritores puedan obtener una pensión cuando les llegue la edad jubilatoria. “Incluso antes de estar legalmente constituida, mantuvimos conversaciones informales con distintos sectores políticos y administrativos para estudiar la posibilidad de conseguir una pensión para los escritores de mayor edad”, cuenta la presidenta. “En general, los escritores viven de otros trabajos o se hallan desocupados; sólo una mínima parte puede dedicarse a trabajos en ámbitos afines a su actividad específica.” Aráoz agregó que muchas veces los escritores “mueren en la pobreza, olvidados, después de haber dedicado sus vidas a la literatura, dejando libros que los trascienden y, vaya paradoja, muchas veces no hay lugar donde velarlos o no tienen ni con qué pagar su propio ataúd”. La presidente de la SEA se niega a dar nombres de escritoras y escritores que murieron en la precariedad más grotesca. “Nos da vergüenza, y además queremos preservar ese hecho para que la grandeza de sus obras y de esos seres se mantenga pura”, admite. “La SEA considera que esta postergada reivindicación, y más comparando el trato que otros países tienen con sus escritores, incluso algunas provincias argentinas, debe ser una realidad hoy.” En Santiago del Estero (ley 5886) y en Salta (leyes 6475/87 y 6802/95) existen antecedentes legislativos similares al proyecto que presentará Vitali. “Esperamos y deseamos que el Estado les dé a nuestros escritores el reconocimiento que viene eludiendo”, concluye Aráoz.

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