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Viernes, 9 de noviembre de 2012
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RESOLUCION DE LA AFSCA

Más canales para la grilla televisiva

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Claudio Villarruel, de 360 TV.

La TV por cable suma más y nuevas voces. La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) resolvió ayer abrir la ventana de las grillas de programación de los cableoperadores, exigiéndoles la “obligatoriedad” de “incluir el canal Incaa TV” en su oferta de señales. En la resolución 1575/12, publicada en el Boletín Oficial, también establece la incorporación a todos los servicios de TV paga de 360 TV y Argentinísima Satelital, en función de que ambos canales son considerados señales de noticias. Entre los argumentos respecto de Incaa TV, destaca que “la señal de cine y series del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, ente público no estatal, tiene como objetivo prioritario la difusión de películas de la cinematografía nacional en sus distintos géneros y formatos, así como la inclusión de ciclos de cine latinoamericano y presentaciones especiales de films relevantes de producción mundial”. El texto explicita, además, que Incaa TV debe ubicarse “primera en el bloque de su género por ser producida por el Estado nacional”, requisito que pocos operadores cumplen.

Por otra parte, la Afsca resolvió ampliar la grilla de programación dispuesta en los términos del artículo 65 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sumando a 360 TV (el canal creado por Bernarda Llorente y Claudio Villarruel) y Argentinísima a la grilla exigida. “A fin de garantizar la pluralidad de opiniones y el derecho a la libre expresión, que surgen no solamente del texto de la ley 26.522, sino que también se encuentran amparados por la Constitución nacional, resulta necesario incorporar señales de noticias nacionales, que reflejen el acontecer diario de la República Argentina”, subraya el texto. La LSCA estipula que los cableoperadores deben subir a su programación las señales de noticias de producción y origen nacional, aun cuando no haya contraprestación económica alguna al productor. La resolución establece que 360 TV y Argentinísima Satelital deben estar incluidas entre las señales informativas “a continuación de la señal CN23”.

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