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Viernes, 30 de marzo de 2007
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violencia

Hecha la ley

En Morón está en vigencia un decreto que pena las muchas formas de acoso sexual en el ámbito laboral del municipio, ya que en esa órbita no se aplicaba el instrumento legal provincial que rige desde 1994. Lo novedoso es que el órgano de aplicación será la Dirección de Políticas de Género y que se contempla, además, asistencia psicológica para el o la denunciante.

Por Sonia Santoro

En los pasillos de la Municipalidad de Morón, el tema se fue instalando a fuerza de chistes y hasta humoradas que rozan el mal gusto. Lo cierto es que lo que hasta hace poco eran considerados piropos bienintencionados, tal vez insinuaciones y hasta algún manoseo, en buena parte aceptados por la cultura laboral, ya llevan el rótulo: desde noviembre pasado, el municipio es el único del país –hasta donde pudo averiguar este medio– que cuenta con su propia normativa sobre Acoso Sexual Laboral. “Instalar el tema fue irruptivo”, plantean las impulsoras.

“Se entiende por acoso sexual a todas aquellas acciones persistentes y reiteradas con connotación sexual, sexista u homofóbica, no consentida por quien la recibe, realizadas con el fin de incomodar a la persona (trabajador o trabajadora municipal, en este caso) en el cumplimiento y desempeño laboral”, define el decreto 2105 de 2006. Y para que nada quede librado a las interpretaciones, aclara: “Se entiende como conductas de naturaleza sexual aquellas conductas verbales, no verbales, o contacto físico no deseado”, para después detallar cada categoría:

Conducta verbal: insinuaciones sexuales molestas, proposiciones o presión para la actividad sexual, insistencia para realizar una actividad fuera del lugar de trabajo, flirteos ofensivos, comentarios insinuantes o comentarios obscenos.

Conducta no verbal: exhibición de fotos sexualmente sugestivas o pornográficas, objetos o materiales escritos.

Contacto físico no deseado: desde tocamientos innecesarios, palmaditas, pellizcos o roces con el cuerpo de otra persona, hasta el intento de violación y la coacción para las relaciones sexuales.

Así, textualmente, lo plantea el decreto que ya está en vigencia.

EL CASO TESTIGO

El tema venía inquietando a la Dirección de Políticas de Género desde 2005, cuando en marzo de 2006 un caso aceleró los tiempos. Una mujer denunció a sus compañeros de trabajo por primera vez. “El intendente ordenó un sumario y llegó a mi área, lo que planteó una estrategia distinta a la de otro tipo de sumarios administrativos, para no violentarla más. Pero no teníamos herramientas específicas y necesitábamos tomar políticas activas desde el Estado para proteger a la víctima y desalentar futuros casos”, explica Gabriela Gómez Dagnino, directora de Asuntos Legales. La falta de normativa responde a que si bien la provincia de Buenos Aires cuenta con una ley provincial sobre acoso sexual de 1994 (la 12.764), no se aplica a nivel municipal.

Así se aprobó una ordenanza y luego un decreto que se aplica a los empleados y empleadas del municipio, incluidos quienes tienen cargos políticos y hasta el intendente mismo. Además, “no habla sólo de relaciones por género sino jerárquicas, también un hombre puede ser acosado”, explica Delia Zanlungo, directora de Políticas de Género.

Esa área es la encargada de la recepción de las denuncias y de ofrecer asistencia psicológica a las víctimas, además de dar asesoramiento legal por si la persona quiere recurrir a la Justicia por fuera del municipio. “Como es un delito difícil de probar, intentamos al menos empezar a instalar la condena social hacia el acoso”, dice Zanlungo.

El decreto habilita una “etapa preventiva”, que tiene por objeto la “contención y asistencia de la persona denunciante”, básicamente ofrece ciertas garantías como privacidad en su denuncia o traslado a otra área si lo solicita. Mientras, la Dirección de Políticas Públicas podrá requerir de otras áreas administrativas la producción de informes que aporten a la investigación sobre el supuesto acoso. Esto se eleva al intendente para que pueda ordenar un sumario. Durante la investigación, se puede suspender sin goce de haberes al denunciado. Y si se prueba que hubo acoso, puede quedar cesante o ser exonerado.

Hasta el momento no hubo nuevas denuncias, pero las especialistas dicen que “es similar a lo que sucede con la violencia doméstica: la víctima tiene miedo, vergüenza y revertir eso cuesta mucho”.

Morón tiene 350 mil habitantes, y su intendente desde 1999 es Martín Sabbatella, de centroizquierda. La normativa se inscribe dentro de una preocupación general del municipio por temas ligados al género. Cuenta con un Plan de Igualdad de Oportunidades, un Consejo Municipal de las Mujeres de Morón, que asesora sobre las políticas públicas a distintas áreas municipales, y, entre otras acciones, en noviembre también presentó un protocolo para tratar a víctimas de violación.

El acoso en cifras

Según un informe de la OIT de 1996, en la Argentina, el 6,1 por ciento de los varones y el 11,8 por ciento de las mujeres indicaron haber sufrido agresiones en el año anterior, mientras que el 16,6 por ciento de las mujeres dieron cuenta de incidentes de carácter sexual. Acoso Sexual. Violencia laboral es un material pionero que aún hoy se sigue citando como referencia, aunque fue editado en 1997 en base a una investigación realizada en 1994. Se trata de la primera investigación del país sobre acoso sexual femenino en el ámbito laboral del Estado, realizada en una muestra de 302 empleadas del sector público de la Ciudad de Buenos Aires por la Unión Personal Civil de la Nación, sindicato que tiene más de 200 mil afiliados. La investigación arrojó los siguientes resultados: 143 mujeres, el 47,4% de las 302 que conformaron la muestra, habían sufrido acoso de distintos grados.

En cuanto a los acosadores, en el 61,5% de los casos provenían de quienes tenían la misma jerarquía ocupacional y sólo el 34,1% del personal jerárquico. El tipo de mujer acosada en los niveles leve, moderado y medio es menor de 30 años, atractiva, de categoría laboral indistinta o más baja que la del acosador y estado civil, nivel educativo y antigüedad laboral indistintas. En cambio, en los niveles fuertes de acoso pierden significación las características personales y sociolaborales de las acosadas. El tipo de acosador, en su mayoría, resultó mayor de 40 años, casado y de jerarquía superior a la acosada. A pesar de haber contestado afirmativamente por lo menos alguna de las preguntas indicativas de padecimiento de acoso, el 21% negó haber sido objeto de acoso sexual. Después de padecer un acoso sexual, el 63,7% de las afectadas consideró que éste es un problema privado no vinculado con el régimen laboral y sólo el 12,6% asumió la agresión como un problema laboral y recurrió a un superior jerárquico o al sindicato. El 15,4% consideró que son las propias mujeres quienes lo provocan y el 54,6% que tanto hombres como mujeres participan de un juego de seducción. Sólo el 8,6% comentó saber de casos donde se realizó la denuncia, a pesar de que el 60% conocía la existencia de algún tipo de medida legal para sancionar esa conducta.

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