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Viernes, 16 de marzo de 2012
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pasos perdidos...

Primera condena por violencia mediática contra mujeres

“La fábrica de hijos: conciben en serie y obtienen una mejor pensión del Estado”, tituló el diario Clarín, el domingo 5 de abril del 2009, una nota que equiparaba a las mujeres con una productora uterina y explicitaba que tenían hijos sólo para cobrar un subsidio, un concepto que no solamente es denigratorio para las mujeres pobres (a las que se invalida su deseo o decisión de maternar) sino que también viola sus derechos reproductivos (que implican decidir no tener hijos o sí tenerlos) y que además se burla del sentido común (o maternal, porque en eso no se necesita instinto sino sostener una familia en la vida cotidiana) que demuestra que ningún subsidio alcanza para abastecer las necesidades alimentarias, de escolaridad, vestimenta, infraestructura y entretenimiento que demanda cualquier piba o pibe.

La Ley para Prevenir y Erradicar la Violencia de Género, además de la violencia física contra las mujeres y la psicológica, también cataloga la violencia simbólica o mediática que sin cachetazos o insultos humilla a las mujeres. La televisión, los diarios y las revistas están llenos de ejemplos de denigraciones constantes que, a la vez, retroalimentan la violencia en la calle, los trabajos y las casas.

Pero, en el Día de la Mujer, se produjo la primera sentencia por violencia mediática contra el diario Clarín, un fallo que va mucho más allá de la disputa oficialismo y oposición o del debate de medios (ya que la discriminación es mucho más global que en un único episodio en un solo multimedio) y que sí marca un hito en un límite contra la integridad de las mujeres.

El recurso de amparo fue impulsado por las diputadas Diana Conti, Juliana Di Tullio y María Teresa García y fue radicada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Nº20. Ahora, casi tres años después, la Justicia determinó que el título (la “fábrica de hijos”) era tendencioso y que reflejaba un “contenido tendiente a la discriminación y la violencia psicológica, sexual y simbólica contra la mujer y que se sugiere un plan y se esboza un mensaje estereotipado, en el que se persigue imponer a una visión negativa de la elección reproductiva de las mujeres, especialmente de las madres numerosas”.

En un fallo inédito –que todavía debe cumplirse–, Clarín fue condenado a rectificar el contenido publicado en 2009, pero no con una pequeña fe de erratas, sino con un espacio similar al de la nota publicada contra las madres múltiples y pobres. Además, se enfatizó la responsabilidad en el editor (que puso el título) y no en el periodista. El diario alegó en su defensa que era víctima de un avasallamiento a la libertad de expresión, que sufría un intento de censura y que las diputadas que lo denunciaban no habían sido damnificadas directas y que, por ser kirchneristas, habían hecho la denuncia por la guerra mediática entre el Gobierno y esa corporación.

Sin, embargo, la magistrada Ana Inés Sotomayor consideró en una sentencia dictada el 8 de marzo que “minimizar que se tiene hijos por un subsidio es menospreciar a la mujer y desnaturalizar su condición biológica, bastardear su condición de mujer, hasta en su máxima expresión”.

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