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Viernes, 12 de septiembre de 2014
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IN C脫RPORE

Discapacidad y aborto

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N掳 2 de la Ciudad de Buenos Aires, Roberto Gallardo, intim贸, el 2 de septiembre, al Gobierno de la Ciudad a garantizar el acceso a abortos no punibles a las mujeres con discapacidad. La gesti贸n del PRO, en el 2013, gener贸 la Resoluci贸n del Ministerio de Salud N潞 1860, mediante la cual se dispuso la creaci贸n de un 鈥淓quipo Interdisciplinario de Apoyo para pacientes con discapacidad intelectual y/o psico-social que soliciten pr谩cticas de aborto no punible鈥. En la pr谩ctica este equipo implica un filtro para retardar y evaluar si una mujer puede acceder o no al derecho garantizado en la ley argentina desde 1921 y, por eso, la Justicia dispuso que se modifique esa normativa y orden贸 que el sistema de apoyo se sustente solamente en la confianza, el respeto y la voluntad de las ciudadanas que concurran a los hospitales.

La idea es que el apoyo sea un derecho de la mujer y que lo realice una persona que cuente con su confianza previa y no una obligaci贸n o un requisito m谩s a cumplir, por afuera de lo que ordena el C贸digo Penal y el fallo FAL de la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n, que ratific贸 la posibilidad de interrumpir un embarazo en distintos casos. El fallo se dict贸 en el marco de la acci贸n de amparo presentada por la Asociaci贸n por los Derechos Civiles (ADC), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Equipo Latinoamericano de Justicia y G茅nero (ELA) y la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) y se bas贸 en la Convenci贸n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Ley Nacional 26.378, que impone un cambio desde el paradigma de sustituci贸n en la toma de decisiones hacia el reconocimiento pleno de la capacidad jur铆dica en todos los aspectos de la vida.

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