El objetivo del grupo de trabajo de la FIFA conocido como 鈥淭ask Force Football 2014鈥 es 鈥渆studiar diferentes propuestas encaminadas a potenciar tanto el atractivo del f煤tbol como el control de los partidos en las competiciones de elite鈥. Durante su tercera reuni贸n, llevada a cabo a fines del mes pasado, el grupo de trabajo analiz贸 el denominado 鈥渢riple castigo鈥. Este se refiere a la sanci贸n que combina tiro penal, expulsi贸n y suspensi贸n al jugador que comete una infracci贸n dentro de su 谩rea penal cuando malogra una oportunidad manifiesta de gol de un rival.
Para el grupo de trabajo, el triple castigo es excesivo. En su opini贸n, las infracciones de este tipo deber铆an castigarse con tiro penal y tarjeta amarilla en lugar de tarjeta roja, la cual deber铆a estar reservada para las infracciones m谩s peligrosas. Consecuentemente, el grupo de trabajo propuso a la FIFA enmendar el reglamento futbol铆stico en este sentido. A su vez, la FIFA present贸 la propuesta a la International Football Association Board (IFAB), asociaci贸n encargada de estudiar y modificar las reglas del f煤tbol, para que la tratase en su 126陋 reuni贸n anual programada para el 3 de marzo. A pesar de que la FIFA aventur贸 que la propuesta ser铆a seguramente aprobada en dicha reuni贸n, la IFAB pospuso cualquier decisi贸n al respecto. Esta dilaci贸n permite ponderar el asunto con detenimiento.
驴Deber铆a atemperarse el triple castigo en el sentido propuesto por el grupo de trabajo? Considero que s贸lo parcialmente, al menos cuando la infracci贸n que malogra una oportunidad manifiesta de gol de un rival tiene ese objetivo. La peligrosidad de la infracci贸n en esas situaciones es, en principio, irrelevante. Por ejemplo, detener a un rival por medio de un empuj贸n ya sea leve o arrebatado cumple la misma funci贸n. De esta manera, ambas acciones deber铆an sancionarse con tarjeta roja. Valga aclarar que si la infracci贸n se comete fuera del 谩rea penal, la tarjeta roja deber铆a estar acompa帽ada de tiro libre directo.
De todas maneras, el argumento anterior no establece la impropiedad del triple castigo (es conveniente indicar que el grupo de trabajo no expuso, al menos p煤blicamente, las razones por las que lo cree excesivo). Entiendo que es posible sostener que 煤nicamente los dos primeros elementos del triple castigo est谩n justificados. La infracci贸n penalizada detiene el curso normal del juego y despoja al rival de una ventaja competitiva obtenida leg铆timamente. Y tal despojo se refiere a una ventaja de vital importancia porque presume la posibilidad ostensible de marcar un gol. Es decir, la infracci贸n en cuesti贸n contrar铆a y deshonra tanto la l贸gica del juego (que requiere resolver el problema artificial creado por las reglas fundamentalmente con los pies) como el m茅rito futbol铆stico. El doble castigo restaura el juego, compensa el perjuicio creado por la infracci贸n y recrea, aunque imperfectamente, la ventaja inicial. Esta es una posici贸n con connotaciones retribucionistas: se castiga la infracci贸n en funci贸n del da帽o causado y el beneficio injustamente obtenido.
Si el tiro penal y la expulsi贸n son castigos suficientes, el 煤ltimo elemento del triple castigo es desmedido. La suspensi贸n no retribuye al equipo afectado por la infracci贸n, ya que se cumple en un partido posterior. O sea, lo que aporta el 煤ltimo elemento no repercute sobre el equipo afectado sino sobre un tercer equipo que ser谩 beneficiado por la ausencia del jugador suspendido. De cualquier manera, la suspensi贸n podr铆a estar justificada si el infractor adem谩s de malograr una oportunidad manifiesta de gol tambi茅n lesiona al rival que la pose铆a. En esta situaci贸n, la suspensi贸n funciona como retribuci贸n del da帽o a帽adido al despojo de la ventaja competitiva obtenida leg铆timamente.
El triple castigo tampoco parece justificable si se toma una postura utilitarista (centrada en las consecuencias). Una posibilidad es mantener que los castigos elevados cumplen una funci贸n disuasiva. As铆, este tipo de castigos prevendr铆a a otros jugadores de cometer la misma infracci贸n. La efectividad de este argumento es incierta, ya que los castigos elevados dif铆cilmente disuadan a quienes est谩n decididos a cometer la infracci贸n. Por otro lado, en la intensidad de la competencia hay quienes no tendr谩n la lucidez para reflexionar sobre las consecuencias de sus actos y, por lo tanto, no ser谩n disuadidos.
Otra posibilidad es argumentar que los castigos elevados cumplen una funci贸n educativa. En tal caso, estos castigos podr铆an concebirse como una indicaci贸n de que la infracci贸n en cuesti贸n va en contra de la l贸gica del f煤tbol y de que las habilidades necesarias para cometerlas no se cuentan entre las que 茅ste pretende evaluar. Tambi茅n indicar铆a que las sanciones estipuladas en el reglamento no constituyen el precio a pagar para ejercer una opci贸n t谩ctica sino el castigo por una acci贸n prohibida. No obstante, el doble castigo transmite el mismo mensaje educativo.
En resumen, el doble castigo es suficiente para honrar tanto las habilidades que constituyen al f煤tbol como sus est谩ndares de excelencia. Como dir铆an los penalistas, el castigo frente a estas infracciones es suficientemente 鈥渆xpresivo鈥 del reproche (culpabilidad). El tercer elemento del triple castigo no es proporcional, ni disuasivo, ni agrega valor educativo. Nada de esto debe entenderse como un gui帽o o aliento para implementar t谩cticas extral煤dicas. Est谩 claro que las infracciones para malograr una oportunidad manifiesta de gol de un rival son actos prohibidos, serios y enfadosos, que contrar铆an la l贸gica del f煤tbol. Si la IFAB eventualmente acepta la propuesta de la FIFA, har铆a bien en enfatizarlo.
* Doctor en Filosof铆a e Historia del Deporte. Docente en la Universidad del estado de Nueva York (Brockport).
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