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Sábado, 26 de diciembre de 2009
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Opini贸n

El patrimonio y sus instituciones

Por Facundo De Almeida *

Hasta hace poco la preservaci贸n del patrimonio arquitect贸nico era un tema que se limitaba en Buenos Aires a congresos y simposios de expertos, escritorios (y en el peor de los casos, cajones) de empleados y funcionarios del tercero y cuarto nivel de la administraci贸n, medios especializados, y al reclamo de alg煤n que otro vecino o grupo de vecinos que ante la demolici贸n de un edificio valioso hac铆a escuchar su voz.

En este mismo suplemento nos hemos referido a la acci贸n de legisladores, de la Justicia, la prensa y la creciente participaci贸n vecinal que ha logrado colocar el tema en la agenda pol铆tica porte帽a. Entre los arquitectos, ya no s贸lo los patrimonialistas se ocupan del tema, sino que sus colegas detractores tambi茅n han comenzado a preocuparse por el patrimonio. Tal vez porque a medida que pasa el tiempo les resulta m谩s dif铆cil demoler edificios valiosos y sobre todo que ese acto ilegal pase desapercibido.

Es f谩cil encontrar la explicaci贸n si analizamos la evoluci贸n de la normativa de protecci贸n patrimonial en los 煤ltimos a帽os, pero sobre todo si tenemos en cuenta que se ha avanzado sustancialmente en la institucionalizaci贸n de la preservaci贸n arquitect贸nica.

La creaci贸n en diciembre de 2005 de la Comisi贸n Especial de Patrimonio Arquitect贸nico y Paisaj铆stico de la Legislatura porte帽a fue un paso determinante que le otorg贸 presencia y densidad al tema en el 谩mbito legislativo, y se materializ贸 en las numerosas leyes que se votaron en estos cuatro a帽os y sobre todo al cambio profundo que signific贸 la 鈥渋nversi贸n de la carga de la prueba鈥 en el sistema de protecci贸n preventiva creado por las leyes 2548 y 3056. A partir de estas normas se presumen valiosos todos los edificios construidos antes de 1942 hasta que no se demuestre lo contrario.

La actuaci贸n del Poder Judicial de la ciudad, aplicando la Constituci贸n, Ley 1227 de Protecci贸n del Patrimonio Cultural, incluso antes de ser reglamentada (medida que luego exigi贸 al Poder Ejecutivo), y el C贸digo de Planeamiento Urbano 鈥搎ue a pesar de lo que pretenden muchos demoledores no es una ley superior a otras鈥 fueron s贸lo el comienzo de una serie de medidas judiciales que reconocieron y le dieron entidad a ese derecho colectivo que es la preservaci贸n de nuestra historia construida.

Los jueces tambi茅n admitieron y respaldaron otro cambio institucional que provoc贸 una decisiva modificaci贸n en la forma de proteger. Reconocieron que la existencia de un proyecto de catalogaci贸n en tr谩mite implicaba la protecci贸n preventiva del inmueble, algo que antes estaba 鈥損or mandato de los usos y costumbres鈥 sujeto a una resoluci贸n que pod铆a dictar o no el subsecretario de Planeamiento Urbano de turno.

Las leyes 2548 y 3056 dieron otra envergadura al Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, que otrora se limitada a tener voz pero no voto en cuestiones patrimoniales. Sus dict谩menes, ahora, son vinculantes y definen si un edificio anterior a 1942 se demuele o por el contrario si se inicia el procedimiento de catalogaci贸n.

El Ejecutivo tampoco estuvo ajeno a estos cambios. Cuando los alumnos y ex alumnos del Colegio La Salle colocaron en el centro del debate p煤blico un proyecto de ley que la diputada Teresa de Anchorena hab铆a presentado meses antes para preservar el inmueble y el tema lleg贸 a la tapa de los diarios y a los t铆tulos de los noticieros de radio y televisi贸n, provocaron que el propio jefe de Gobierno se ocupara del tema e instara a su bloque parlamentario para que la Legislatura se reuniera en 茅poca de receso veraniego y votara por unanimidad la protecci贸n del edificio.

La ley 1227 luego de su reglamentaci贸n ubic贸 en otro lugar al Ministerio de Cultura, organismo de aplicaci贸n de la norma, que comenz贸 a tener intervenci贸n en temas patrimoniales antes vedados, no por la Constituci贸n ni las leyes, pero s铆 en la pr谩ctica. Tomaron a su cargo, a trav茅s de la Subsecretar铆a de Patrimonio Cultural, la negociaci贸n exitosa para preservar el Teatro El Picadero, y elaboraron el proyecto de ley creando el r茅gimen de sanciones de la Ley 1227, que seg煤n anunci贸 recientemente el titular de Cultura tomar谩 estado parlamentario en los pr贸ximos d铆as. El Ministerio de Desarrollo Urbano subi贸 a Internet la base de datos de edificios protegidos, informaci贸n que permite al instante saber si un inmueble est谩 o no catalogado.

Las sustanciales modificaciones producidas no fueron exclusivas de los tres poderes del Estado porte帽o. La defensora del Pueblo de la Ciudad, Dra. Alicia Pierini, a principios de 2009 y luego de revalidar su mandato al frente de organismo, encomend贸 al defensor del Pueblo Adjunto Gerardo G贸mez Coronado asumir entre sus atribuciones todos aquellos temas que tuvieran que ver con la identidad de los barrios y el patrimonio arquitect贸nico. La voz de la Defensor铆a se ha escuchado en estos meses a trav茅s de certeros pedidos de informes y resoluciones y a trav茅s de la presencia en audiencias p煤blicas y reuniones vinculadas con el tema.

Falta mucho por hacer, pero vemos que poco a poco las instituciones locales van asumiendo sus responsabilidades y que se encuentran cada vez m谩s controladas por una creciente participaci贸n y organizaci贸n vecinal, que sin duda adquirir谩 otra dimensi贸n luego de las elecciones de las autoridades de las comunas el a帽o pr贸ximo.

Licenciado en Relaciones Internacionales.
Magister en Gesti贸n Cultural por la Universidad del Alcal谩 de Henares.

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