Sábado, 8 de febrero de 2003
OPINION
El problema es la ley
Hace un tiempo, en una ciudad llamada Buenos Aires, se ca铆an algunos trozos de balcones a la calle. Entonces, instintivamente, un legislador (Griselda S. De Lestingi, para ser m谩s preciso) cuya funci贸n, como todos sabemos, es hacer leyes, pens贸 en promulgar una ley para garantizar la estabilidad de los balcones, cornisas, consolas, capiteles y otros chirimbolos que suelen colgarles a las fachadas de esta ciudad.
Tal proyecto de ley, respuesta estent贸rea ante la oportunidad pol铆tica, tuvo como redactor a un asesor de la Legislatura ligado a la conducci贸n de la c谩mara que re煤ne a las empresas de pintura. El asesor es un arquitecto que carece de formaci贸n en patolog铆a de la construcci贸n, en rehabilitaci贸n y en restauraci贸n de edificios. En consecuencia, muchos aspectos fueron ignorados y el texto de ley estuvo plagado de errores, advertidos a los legisladores por algunos de los asistentes a la Audiencia P煤blica de julio de 1999, los que desestimaron las cr铆ticas. Promulgada la ley, que llev贸 el n煤mero 257, los errores apuntados han vuelto inviable su aplicaci贸n.
La ley permite que cualquier profesional o t茅cnico, sin conocimiento alguno de estructuras, patolog铆a, patrimonio y conservaci贸n pueda actuar en edificios de cualquier tipo, relevancia y antig眉edad. Los informes t茅cnicos no est谩n encaminados inequ铆vocamente a la conservaci贸n, como era de esperar, ya que se admite la demolici贸n (鈥減lanchado鈥) de cualquier elemento decorativo que forme parte de fachadas externas e internas. La profundidad de los informes exigidos por la ley no est谩 especificada. Los mismos suelen realizarse a partir de vagas observaciones oculares, lo que permite decir muy poco del estado real de elementos que est谩n a una distancia importante del observador o directamente ocultos a su vista (como suele ocurrir con las estructuras portantes).
Por l贸gica, la evaluaci贸n de un revestimiento 鈥搈谩s a煤n de una estructura鈥 requiere de una investigaci贸n exhaustiva realizada a corta distancia y de cateos o 鈥搈ejor a煤n鈥 de ensayos no destructivos. Para desarrollar estas tareas hay que disponer de los medios de acceso (andamios, etc.), de los equipos y del personal adecuado. Esto implica un costo sensiblemente superior a los trescientos o cuatrocientos pesos que se est谩n cobrando hoy por una presentaci贸n de la Ley 257 ante la Direcci贸n de Fiscalizaci贸n de Obras y Catastro. Una Direcci贸n que, agreguemos, durante muchos a帽os tuvo a su cargo infructuosamente hacer cumplir el articulo 6.3.1. del C贸digo de la Edificaci贸n, aquel que obligaba a los propietarios de los edificios a mantenerlos en perfecto estado de usos, funcionamiento, seguridad, higiene, salubridad y est茅tica.
Si se parte de una inspecci贸n correcta, de una evaluaci贸n adecuada de la situaci贸n y de la implementaci贸n de soluciones acordes con las patolog铆as encontradas y con la significaci贸n del edificio, el plazo que medie entre una y otra revisi贸n podr铆a incrementarse sensiblemente. Esto disminuir铆a la carga para los vecinos de la ciudad. Como est谩n planteadas las cosas hasta ahora, las autoridades locales lejos de solucionar la seguridad p煤blica, en el mejor de los casos, trasladan esa responsabilidad a los profesionales que firman los informes. Y esto ante la pasividad de los consejos, sociedades y gremios que dicen representarnos.
Los edificios hist贸ricos de la ciudad se caen o los destruyen. Tambi茅n contamos para ello con la esmerada contribuci贸n de la Guardia de Auxilio del GCBA, que lejos de consolidar o retirar con cuidado lo que est谩 por caer demuele brutalmente, acabando adem谩s con muchos otros elementos de las hist贸ricas fachadas. Elementos que, por su buen estado de conservaci贸n, suelen exigir el redoblado esfuerzo de los valientes funcionarios municipales.
* Arquitecto.
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.