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Miércoles, 8 de octubre de 2008
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La Defensor铆a del Pueblo se opone al aumento de la tarifa de Aguas Santafesinas

Una recomendaci贸n para el gobierno

"Constituye un acto viciado de nulidad absoluta", dice la resoluci贸n del defensor del Pueblo. Y abri贸 una brecha a las demandas judiciales si Binner ratifica el nuevo cuadro tarifario.

Por Juan Carlos Tizziani
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El defensor del Pueblo, Carlos Berm煤dez.

La Defensor铆a del Pueblo de la provincia recomend贸 al gobernador Hermes Binner que revoque el aumento del 29 por ciento en las tarifas de Aguas Santafesinas que autoriz贸 su ministro de Aguas, Servicios P煤blicos y Medio Ambiente, Antonio Ciancio porque "constituye un acto viciado de nulidad absoluta y manifiestamente violatorio de la ley". La resoluci贸n 258 del defensor del Pueblo, Carlos Berm煤dez, admiti贸 una queja de la Asamblea de Peque帽as y Medianas Empresas (Apyme) de la ciudad de Santa Fe y abri贸 una brecha a las demandas judiciales si Binner ratifica el nuevo cuadro tarifario de la empresa que ya fue liquidado en las facturas que est谩n en la calle y tienen fecha de vencimiento el 14 de este mes. Berm煤dez atac贸 el aumento dispuesto por Ciancio con argumentos jur铆dicos que -seg煤n su criterio- no ser谩n f谩ciles de rebatir por la Casa Gris. "Siempre se dice que hay dos bibliotecas, pero en esto me parece que hay una sola", advirti贸 el funcionario.

La resoluci贸n de la Defensor铆a del Pueblo fue notificada el viernes al gobernador, al ministro Ciancio, al vicepresidente del Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Enress), Omar Lanzamidad y al presidente de Apyme, Mario Galizzi. Y ayer, apareci贸 publicada en la p谩gina oficial del organismo (www.defensorsantafe.gov.a).

Berm煤dez invalid贸 el incremento de las tarifas de Aguas con un planteo similar al que hicieron los bloques del PJ en la interpelaci贸n a Ciancio y al presidente de la empresa, Alberto Danielle, el 17 de setiembre, en la C谩mara de Diputados: la imposibilidad del Enress -por acefal铆a- para emitir un "dictamen previo" al ajuste de tarifas y el incumplimiento del Reglamento del Usuario que obliga a publicar el nuevo cuadro tarifario no s贸lo en el Bolet铆n Oficial sino tambi茅n en medios de la provincia y hasta en un diario de circulaci贸n nacional.

La ley 11.220 que cre贸 el Enress le asign贸 una funci贸n clave: "Aprobar los cuadros tarifarios y precios del servicio (...) y verificar la procedencia de las revisiones y ajustes (art铆culo 66, inciso k)", dijo el defensor del Pueblo. Y record贸 que el contrato de vinculaci贸n con la empresa (decreto 1358/07) estableci贸 que "los valores tarifarios y precios vigentes en cada momento s贸lo podr谩n ser modificados por resoluci贸n ministerial, previo dictamen del Enress".

En consecuencia, -interpret贸 Berm煤dez- "la opini贸n del Enress no resulta s贸lo 'un parecer t茅cnico sin margen de discrecionalidad' (como sostiene el gobierno), sino muy por el contrario, su intervenci贸n es previa necesaria y vinculante. Por este motivo, su opini贸n mereci贸 ser emitida en forma conclusiva por su directorio".

Seg煤n la ley 11.220, el Enress "debe ser dirigido y administrado por un directorio de cinco miembros titulares designados por el Poder Ejecutivo" con acuerdo de la Legislatura. Pero "desde mediados de diciembre de 2007", el cuerpo est谩 "ac茅falo y no cuenta con qu贸rum para tomar decisiones", agreg贸 el defensor del Pueblo.

"El directorio del Enress es un cuerpo colegiado y no un 贸rgano unipersonal y como lo tiene dicho la doctrina", uno de los requisitos necesarios para expresar su "voluntad" es el "qu贸rum", es decir "el n煤mero legal para que el 贸rgano pueda considerarse reunido y en deliberaci贸n", explic贸.

"Ante la falta de voluntad del Ente en raz贸n de su acefal铆a, mal puede el ministerio (de Ciancio) suplirla con la aprobaci贸n de la Comisi贸n de Seguimiento del proceso de transici贸n instituido por ley 12.516", cuando el contrato de vinculaci贸n "deleg贸 expresamente esa facultad en el Enress".

"Resulta poco serio el argumento que quien puede lo m谩s, puede lo menos, desde la perspectiva de los derechos de los usuarios del servicio. Por tal motivo, entendemos viciado el acto administrativo que autoriz贸 la modificaci贸n del cuadro tarifario" de Aguas Santafesinas.

Berm煤dez anot贸 que el aumento de tarifas tiene "otro vicio" legal: "la inobservancia del Reglamento del Usuario" que obliga a publicar "las modificaciones del r茅gimen tarifario en el Bolet铆n Oficial de la provincia, en diarios de circulaci贸n en las ciudades de la zona de prestaci贸n y como m铆nimo, en un diario de circulaci贸n nacional", entre otros medios.

Ayer, Berm煤dez defendi贸 su resoluci贸n ante consultas de emisoras locales. "Es una recomendaci贸n al Poder Ejecutivo. Pero hay que leerla con cuidado porque tiene un peso importante, los argumentos son absolutamente validos.

-Y si el gobernador Binner rechaza la resoluci贸n de la Defensor铆a del Pueblo, 驴cualquier usuario podr铆a presentarse ante la justicia? -pregunt贸 un colega de LT9.

-Tiene todo el derecho de hacerlo. Pero yo primero esperar铆a la respuesta del gobierno, (para ver si) si rechaza los argumentos. Yo los veo muy s贸lidos. Siempre se dice que hay dos bibliotecas, pero en esto me parece que hay una sola -concluy贸 Berm煤dez.

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