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Jueves, 12 de agosto de 2010
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La Corte rechaz贸 la impugnaci贸n de Bass贸 a la reforma judicial

Ahora podr谩 avanzar sin tropiezos

Los integrantes de la Corte Suprema de Santa Fe, Falistocco, Netri, Erbetta y Gastaldi rechazaron la pretensi贸n del Procurador de frenar la reforma judicial en la provincia. Guti茅rrez y Spuler, en cambio, votaron en disidencia.

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Los integrantes de Corte, Rafael Guti茅rrez y Roberto Falistocco.

La Corte Suprema de Justicia desestim贸 ayer el planteo del procurador general Agust铆n Bass贸 que cuestionaba la constitucionalidad de las leyes del Ministerio P煤blico de la Acusaci贸n y el Servicio Oficial de la Defensa porque lo desplazan como jefe de los fiscales y de los defensores y lo convierten en una figura decorativa en la cabeza del Poder Judicial. Bass贸 perdi贸 4 a 2. Los ministros Roberto Falistocco, Mario Netri, Daniel Erbetta y Mar铆a Ang茅lica Gastaldi rechazaron su pretensi贸n de frenar la reforma judicial en la provincia, mientras que el presidente de la Corte, Rafael Guti茅rrez y el ex abogado de Carlos Reuteman, Eduardo Spuler votaron en disidencia. El fallo de 118 fojas cierra el debate y el cruce de reproches pol铆ticos entre la Casa Gris y el Palacio de Tribunales y es el paso que faltaba para que Santa Fe deje de ser la 煤ltima provincia del pa铆s que no tiene juicio oral.

El veredicto de la Corte se conoci贸 poco despu茅s del mediod铆a a trav茅s de su oficina de prensa que distribuy贸 un comunicado de nueve l铆neas y una copia del fallo de 118 p谩ginas. Ya la semana pasada, el tribunal hab铆a rechazado la recusaci贸n de Bass贸 a Erbetta porque 茅ste particip贸 en los jurados para designar fiscales y defensores. As铆 que ahora, con los n煤meros a la vista, la resoluci贸n bien podr铆a interpretarse como un anticipo de lo que se conoci贸 ayer.

La impugnaci贸n de Bass贸 a las leyes que separan la acusaci贸n y la defensa en juicio desat贸 una escalada de tensi贸n sin precedentes entre el gobierno de Hermes Binner y la Corte. Y hasta desat贸 especulaciones sobre el resultado de la sentencia. En mayo, en los corrillos de la Corte se hablaba de "un empate t茅cnico" entre los dos ministros que promov铆an el rechazo del planteo de Bass贸 (Erbetta y Gastaldi) y otros dos que se inclinaban por aceptarlo (Guti茅rrez y Spuler). Ahora se sabe que la balanza se inclin贸 con los votos de Falistocco y Netri.

Precisamente, el primer voto fue el de Falistocco, quien de entrada se pronunci贸 por rechazar el recurso de Bass贸 por que cuestion贸 la constitucionalidad de las leyes en abstracto, sin un caso concreto. "El pedido del se帽or procurador general no cumple con uno de los requisitos para lograr un control constitucional v谩lido y efectivo al no haber un 'caso, causa o controversia'", escribi贸 el magistrado. Pero Falistocco no se qued贸 en el aspecto formal, avanz贸 tambi茅n sobre la cuesti贸n de fondo y reincidi贸 la reforma judicial. "Este 'proceso de cambio' se acentu贸 despu茅s de algunos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n que pon铆an en evidencia la imperiosa necesidad, casi impostergable, del reemplazo de todo el sistema de enjuiciamiento penal santafesino", explic贸.

Seg煤n Falistocco, hoy "la justicia penal santafesina" est谩 en un per铆odo de transici贸n entre el viejo sistema inquisidor y escrito y el futuro juicio oral y p煤blico. Y esto "requiere suma prudencia" ante "un planteo gen茅rico de inconstitucionalidad" como el que hab铆a planteado Bass贸 para voltear "las leyes del Ministerio P煤blico de la Acusaci贸n y del Servicio P煤blico de la Defensa. De ah铆, la necesidad que se esgrima un caso concreto que trace los l铆mites del eventual control de constitucionalidad, pues de lo contrario se correr铆a el riesgo de que el nuevo C贸digo Procesal Penal estuviese acompa帽ado por una ley de ministerio p煤blico de la acusaci贸n y de la defensa desajustada de las funciones que requiere la vigencia del sistema constitucional acusatorio", reflexion贸 el magistrado. Por lo tanto, no puede haber "decisiones" de la Corte que est茅n desvinculadas "de los efectos que, de modo inmediato, derivar谩n" de aquellas.

Falistocco insisti贸 tambi茅n con lo que ya es un debate cerrado en la doctrina y la jurisprudencia: un juez que juzga, un fiscal que acuse y un defensor que defienda. "Es decir, se exige que el imputado est茅 asistido por un defensor que se encuentre en situaci贸n de competir con el Ministerio P煤blico. Que la igualdad de armas es una exigencia del debido proceso y del acusatorio real ya que un Ministerio P煤blico de la Acusaci贸n fortalecido sin una Defensa P煤blica en igualdad de armas podr铆a conducir al peor de los (procesos) inquisitivos, s贸lo que con fachada acusatoria. Por ello el fortalecimiento de la Defensa P煤blica y su equiparaci贸n en recursos y poderes con el Ministerio de la Acusaci贸n es indispensable. No en vano, esa paridad es el legado de la tradici贸n iluminista que nos recuerda Ferrajoli a trav茅s de las ense帽anzas de Filanghieri y Pagano: el inter茅s en la defensa de los inocentes no es menos p煤blico que el inter茅s en la persecuci贸n y castigo de los culpables. Y ese fortalecimiento, tal como ocurre con los 贸rganos de la acusaci贸n, no s贸lo supone un cuerpo de abogados entrenados t茅cnicamente sino tambi茅n con capacidad de investigaci贸n y posibilidades concretas de funciones integradoras, todo lo cual demanda autonom铆a funcional y de ejecuci贸n presupuestaria", concluy贸.

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