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Martes, 29 de abril de 2014
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Ordenar investigar operativos policiales en barrios de Santa Fe

Contra la arbitrariedad

Durante los días de amotinamiento de la policía, Hijos denunció que hubo detenciones masivas y apremios ilegales. La Cámara en lo Penal revocó la resolución de un juez de primera instancia y ordenó al ministro Lamberto que informe quién dio las órdenes.

Por Juan Carlos Tizziani
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El camarista Creus revocó la resolución del juez Sánchez.

Desde Santa Fe

Un fallo judicial ordenó investigar cómo operó el aparato policial

en los barrios humildes de Santa Fe durante el alzamiento de policías del 9 y 10 de diciembre, que la organización Hijos denunció como un "estado de sitio selectivo" y hasta un "toque de queda" que derivó en más de 100 personas "privadas de su libertad, sometidas a golpes, disparos de armas de fuego y apremios ilegales". El presidente de la Cámara Penal de Santa Fe, Sebastián Creus, revocó la resolución del juez de Instrucción N 5, Darío Sánchez, que había rechazado un habeas corpus de Hijos y dispuso que se pida informes al ministro Raúl Lamberto, para saber "el modo y según qué ordenes se dispuso la realización de los operativos" y precisar "cuántas personas fueron detenidas" y "si figuran en algún registro".

El habeas corpus colectivo de Hijos reveló la "violencia y arbitrariedad" con la que operó el aparato policial en los barrios del oeste. Y solicitó a la justicia que intime al gobierno de Antonio Bonfatti para que retome "el efectivo control" político de la fuerza pública y evite otra escalada de "violaciones a los derechos humanos y a la dignidad de las personas".

En la audiencia de apelación uno de los abogados de Hijos, Guillermo Munné, calificó el motín policial como "una especie de estado de sitio decretado por la policía", pero "selectivo" porque la represión se desató "en los barrios más pobres de la ciudad". Eran "razzias antidemocráticas violatorias de derechos humanos impuestas por una autocracia policial como la que se impuso" en Santa Fe, dijo. Hubo "una suspensión de facto del derecho constitucional de libre circulación, ya que a cualquier persona que revistiera las características que las fuerzas de seguridad etiquetan como propias de las clases más desplazadas y se encontrara circulando en una hora y lugar por ellos arbitrariamente designados era violentamente detenida y se le atribuían hechos en los que nunca participó o ni siquiera existieron".

El recurso fue presentado el 20 de diciembre y rechazado por el juez Sánchez el 5 de febrero. Pero ahora, un fallo del juez Creus -al que tuvo acceso Rosario/12﷓ revocó la resolución de primera instancia y ordenó investigar los operativos que denunció Hijos y pedirle informes al ministro Lamberto para saber quién dio las órdenes.

"Durante el 9 y 10 de diciembre, se detuvo a personas que evidentemente no tenían ninguna participación en hechos vandálicos, sino que se encontraban lejos o realizaban otras actividades", dice la sentencia de Creus al citar la demanda. Y mencionó los "casos de violencia extrema, tales como golpes innecesarios, disparos con armas de fueron que hirieron a personas, algunas de las cuales fueron detenida para luego ser liberadas sin que constara la causa".

"Un indicio de la necesidad de investigar" -planteó el camarista﷓ es el supuesto motivo de "una cantidad considerable" de detenciones: "el artículo 10 bis de la Ley Orgánica de la Policía", que se conoce como "averiguación de antecedentes". "Habría que determinar si dicho fundamento no ha sido utilizado para legalizar detenidos de hecho, sin la finalidad de investigar un delito", agregó. "En consecuencia, si hubiera casos de detenciones que se dispusieron sin vinculación a ningún delito en particular y cuyas condiciones no fueron luego controladas judicialmente, se justifica claramente establecer esos casos en orden a preservar o prevenir situaciones de ilegalidad".

Creus propuso entonces que la investigación pida informes a Lamberto para saber quién ordenó los operativos y dijo que "es necesario establecer qué personas fueron detenidas" y si "figuran en algún registro".

En esa línea, el juez ponderó las pruebas que ofreció el equipo jurídico de Hijos, entre ellas videos y testimonios, que hasta ahora no habían sido valorados en la causa. "La actora debe comprender que su aporte es imprescindible" para esclarecer los hechos. Por lo tanto, "debería acompañar la nómina de personas que dicen haber sido detenidas como la de todos los testigos que se mencionan", concluyó.

Entre otros, Hijos denunció los casos de dos chicos del barrio San Lorenzo: Natalia Espíndola, de 16 años, que fue baleada por la espalda y su compañero, Daniel Ortiz, de 15, que intentó auxiliarla y sufrió una "golpiza" a patadas que le provocó "graves lesiones" y "la fractura de algunas costillas".

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