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Miércoles, 2 de noviembre de 2005
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DECRETO ANTITABACO PARA TODA LA PROVINCIA

La última firma de Sylvestre

"Un cambio cultural sin precedentes". Así calificó el saliente ministro de Salud a la reglamentación de ley con sanciones y programas destinados para que los fumadores dejen de hacerlo.

Por Guillermo Zysman
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El ministro de Salud provincial, Juan Héctor Sylvestre Begnis. "Mañana mismo (por hoy) el gobernador firmará el decreto", confió el funcionario.

El saliente ministro de Salud provincial, Juan Héctor Sylvestre Begnis, se reunirá hoy con el gobernador Jorge Obeid y con la Fiscal de Estado, Irmgard Lepeniés para pulir los últimos detalles de la reglamentación de la ley antitabaco sancionada el 30 de junio pasado. "Si jurídicamente no hay ninguna objeción a nuestra propuesta, mañana mismo (por hoy) el gobernador firmará el decreto", confió el funcionario a Rosario/12. La norma, que entrará en vigencia cuando se publique en el Boletín Oficial, impide la venta de cigarrillos a menores de 18 años, prohíbe fumar en espacios públicos cerrados sean estatales o privados -bares, restaurantes, boliches- y no permite la publicidad del tabaco directa o indirecta. Para cada una de estas prohibiciones habrá un plazo sin sanciones: 60, 90 y 120 días respectivamente. Transcurrido ese tiempo los jueces de falta comenzarán a aplicar las multas que van desde los 500 pesos hasta el cierre del local para los reincidentes. En todos los casos los sancionados serán los propietarios de los comercios. "Los fumadores son enfermos, hay que ayudarlos y no condenarlos", apuntó el ministro para quien la normativa implicará "un cambio cultural sin precedentes y mejorará notablemente la calidad de vida de los santafesinos". Se creará un cuerpo especial de "inspectores ciudadanos" y una línea 0800.

El lunes pasado, durante la última reunión de gabinete, Sylvestre Begnis conversó sobre el tema con Obeid. "Allí el gobernador se mostró muy entusiasmado en poder culminar el trámite burocrático para así poder aplicar cunato antes la ley. Quedamos en reunirnos mañana (por hoy) con la Fiscal de Estado. Si todo sale bien, se firma en el momento el decreto reglamentario", precisó el ministro de Salud.

Si finalmente Obeid pone hoy su firma a la reglamentación elaborada por el Ministerio de Salud, la provincia podrá empezar a aplicar la norma, que tuvo media sanción hace un año y se convirtió en ley hace cuatro meses. "Santa Fe se convertirá en una provincia ejemplar en el combate al tabaco. Si bien hay varias ciudades y provincias que se han ocupado del tema, ninguna de ellas tiene una norma con el respaldo jurídico de la ley santafesina, con sanciones específicas y programas destinados para que los fumadores dejen de hacerlo", agregó el funcionario.

El texto de la reglamentación especifica los alcances de la ley sancionada por la Legislatura. En ese sentido, a partir de su publicación en el Boletín Oficial regirá un plazo sin sanciones económicas, con meros apercibimientos para que la población se vaya acostumbrando.

Transcurridos 60 días corridos -se estima mediados de febrero- los quioscos emplazados en el territorio provincial no podrán vender cigarrillos a los menores de 18 años. A los 90 días -desde marzo- no se permitirá fumar en espacios públicos cerrados "bajo techo", sean estatales o privados -como bares, restaurantes y boliches; a los 120 días regirá la prohibición para la publicidad en murales, televisión, diarios y radios además de no permitirse el sponsoreo de actividades deportivas.

Para la ley los infractores serán siempre los propietarios de los comercios. "En la práctica -explicó Sylvestre- el responsable del local tendrá que pedirle al fumador que apague el cigarrillo para respetar la norma. Si este se resiste podrá llamar a una línea gratuita 0800, al municipio, a la provincia o a la policía para resguardar su comercio y dejar las actuaciones en manos de los agentes especializados".

"Si en el comercio hay fumadores y el propietario no les exige que apaguen el cigarrillo y esto es detectado por los inspectores -continuó el ministro de Salud- se labrará el acta correspondiente y luego los jueces de falta fijarán el monto de las sanciones".

La reglamentación establece un mínimo de 500 pesos para quien infrinja la norma por primera vez, monto que se duplica si hay menores de 18 años en lugares cerrados y ante la primera reincidencia. El tenor de las multas puede llegar hasta la clausura del local. "El órgano de aplicación podrá actualizar los montos de las sanciones para que no sean irrisorios en caso de producirse un alza de precios significativo", aclaró el ministro.

La provincia brindará talleres y programas gratuitos para que los fumadores puedan dejar de hacerlo. Además la Nación enviará en los próximos días 10 mil dosis de una droga avalada por la Organización Mundial de la Salud tendiente a dejar de fumar sin que ello implique percibir una sensación displacentera.

Ante la presunción que faltarán inspectores para garantizar el cumplimiento de la ley, se crearán equipos de control ciudadano, integrados por jubilados y personal de organismos no gubernamentales que tendrán la atribución de verificar eventuales transgresiones a la norma. "Sólo con el apoyo de la sociedad en su conjunto podremos hacer cumplir esta ley tan ambiciosa para mejorar la clidad de vida de los santafesinos", concluyó Sylvestre Begnis.

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