La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, integrada por Ramón Teodoro RÃos, Juvencio Liberal Mestres y Guillermo Fierro, concedió la libertad a una persona que habÃa protagonizado una "salidera" bancaria robándole a una señora 650 pesos. El imputado habÃa sido procesado por "robo simple" y desde entonces estaba preso.
La defensa pidió la libertad de José Angel Medina y ahora la Sala se la otorga argumentando dos cosas: a) Los jueces camaristas valoraron particularmente el hecho de que el imputado le confesó a la policÃa dónde estaba el dinero robado, el que fue recuperado totalmente. b) el robo habrÃa sido realizado sin el uso de armas y entonces el cotejo de la pena mÃnima prevista por el artÃculo 164 del C.P. (un mes de prisión) con el tiempo sobrellevado en prisión preventiva por el imputado puede poner en tela de juicio la proporcionalidad de la persistencia del encarcelamiento sin condena (art. 18 de la C.N.).
"La reparación asà concretada tiene consecuencias favorables para el imputado de acuerdo a lo dispuesto en cuanto a la sustitución de la prisión preventiva por otro medio de coerción más benigna y en cuanto a la disminución de la eventual pena a aplicar a Medina en la hipótesis de ser condenado", señala el fallo de la Cámara.
Y agrega: "No es común que los victimarios o sus familiares acepten reparar el agravio ocasionado por el delito. Y también no deja de ser reconfortante el cabal cumplimiento de las normas éticas y funcionales por parte de los policÃas que intervinieran en el procedimiento, al reflejar en las actas el desarrollo integral de lo sucedido, circunstancia que deberá se evaluada por el aquo, en su caso, para ponerlo de relieve ante la superioridad".
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