Comercio marÃtimo
EI Sindicato de Dragado y Balizamiento avaló la derogación que realizó el Ministerio de Transporte nacional sobre la resolución N° 1108 del 25 de octubre de 2013 que en su momento implementó la SubsecretarÃa de Puertos y VÃas Navegables, la cual en los hechos limitaba las operaciones de transbordo de cargas de origen argentino en los puertos uruguayos. Ahora bien, dicha resolución se incluÃa en la ley N° 23.557 que establece un marco regulatorio en el área marÃtima, entre los paÃses que conforman el Mercosur donde se establece: Dentro del ámbito geográfico de los paÃses que integra el Mercosur las cargas de exportación originadas en puertos argentinos únicamente podrán ser transbordadas en otros puertos de jurisdicción nacional o en puertos de los estados parte del Mercosur y sus estados asociados que mantengan vigentes acuerdos de transporte marÃtimo de cargas con la Argentina.
Dicha ley en el ArtÃculo 9° prevé: "...se reconoce entre los paÃses signatarios la libertad de transferencia de carga, alije, trasbordo y depósito de mercancÃas en todas las instalaciones habilitadas a dichos efectos, no pudiéndose realizar discriminación alguna a causa del origen de la carga de los puntos de partida, de entrada, de salida o de destino o de cualquier circunstancia relativa a la propiedad de las mercancÃas, de las embarcaciones o de la nacionalidad de las personas.
En consonancia con ello, en su artÃculo 16 se estipula el compromiso que asumen los paÃses signatarios de eliminar todas las trabas y restricciones reglamentarias y de procedimiento a fin de lograr el desarrollo de un comercio fluido y una operación fluvial eficiente.
En ese sentido, la resolución N°1108 "no sólo que no habrÃa logrado alcanzar Ios objetivos planteados que sirvieran de fundamento para su dictado, sino que además ha generado serias distorsiones en el funcionamiento del comercio exterior a nivel regional, afectando gravemente su fluidez, con el consecuente impacto negativo en los costos de exportación de mercaderÃas argentinas, circunstancia que, por lo demás, ha sido puesta de relieve en forma reiterada por la mayorÃa de los actores del sector.
Estamos muy satisfechos con la actitud tomada por la SecretarÃa de Transporte nacional porque permite mayor fluidez comercial entre los paÃses integrantes del Mercosur. La resolución 1108 no tenÃa sentido y era regresiva.
Edgardo Arrieta (Sindicado de Dragado y Balizamiento)
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