Para la justicia rosarina existi贸 "culpa compartida" en un accidente de tr谩nsito en el que dos pasajeras de un taxi resultaron lesionadas por no llevar puestos los cinturones de seguridad. El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N潞 2 que integran los jueces Juan Jos茅 Bentolila, Viviana Cingolani y Delfina Dom铆nguez, fundament贸 su fallo en la ordenanza municipal 6543/98, que determina que para poder circular con un automotor "es indispensable que sus ocupantes usen los cinturones de seguridad".
Luego de protagonizar un accidente de tr谩nsito, las pasajeras del veh铆culo de alquiler demandaron tanto al conductor del taxi -en realidad al propietario, quien es el que tiene la responsabilidad- como al otro rodado involucrado. Bentolila, el juez de Tr谩mite que llev贸 adelante todo el proceso, relat贸 que el chofer invoc贸 que las lesiones de los pasajeros se produjeron porque no llevaban puesto el cintur贸n.
"El conductor del taxi, por ende, manifest贸 que no ser铆a responsable de esas lesiones, toda vez que habr铆a que atribuirlas a la conducta de las v铆ctimas. En este caso, nosotros decimos que hay una responsabilidad compartida porque el taxista no debi贸 haber iniciado la circulaci贸n si los pasajeros no llevaban puesto el cintur贸n", explic贸 el magistrado.
Por su parte, Cingolani agreg贸 que la defensa del cintur贸n de seguridad la esgrimi贸 "el propio abogado del taxista", por lo que se vieron "obligados a tomar la sentencia por ese lado", repartiendo la culpa en partes iguales, tanto para el taxista como para las personas transportadas. "No es una animosidad contra los taxistas", remarc贸 la jueza, quien de todos modos explic贸 que el final de la sentencia responsabiliz贸 en un 85 por ciento al chofer en los otros 铆tems del accidente que protagoniz贸 (por ejemplo, que el conductor viol贸 la derecha).
Bentolila aclar贸 que el cuerpo de la resoluci贸n se refiere a cualquier autom贸vil, no solamente a los taxis. La Ley Nacional de Tr谩nsito y la ordenanza municipal que la reproduce en lo sustancial, dice que "no se puede circular en un autom贸vil si el conductor a los terceros transportados no tienen puesto el cintur贸n de seguridad. Lo que sostenemos es que todo veh铆culo que tenga pasajeros que no usen el cintur贸n est谩 circulando en contravenci贸n a la Ley de Tr谩nsito".
El fallo ingresa directamente en la cuesti贸n referida a la responsabilidad en el caso de que se produzca un accidente. "Nosotros sostenemos que es tanto del que conduce como del pasajero. Por un lado, el que conduce tendr铆a que controlar que los pasajeros, antes de iniciar la circulaci贸n, tengan puestos los cinturones de seguridad, y por el otro lado los pasajeros tambi茅n tienen el deber por ley de utilizar el cintur贸n", precis贸 Bentolila.
Seg煤n el juez, en Argentina "m谩s del 40 por ciento de las personas que mueren lo hacen en accidentes de tr谩nsito, y esa estad铆stica no contempla los casos en los que quedan incapacidades. Tenemos que empezar a tomar conciencia de determinadas cuestiones: ceder el paso a los que vienen por la derecha, que hay utilizar el cintur贸n, y respetar las velocidades m谩ximas establecidas en la ley".
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