La Uni贸n de Usuarios y Consumidores de Rosario pidi贸 ayer a la justicia provincial que se declare inconstitucional el reglamento de funcionamiento de la Empresa Provincial de la Energ铆a (EPE) al considerar que no se adec煤a a la ley de defensa del consumidor. La ONG hizo una presentaci贸n en los Tribunales Provinciales en el que consider贸 "vetusta, antigua y en abierta contradicci贸n con la ley nacional que defiende a los consumidores" a la norma que rige el funcionamiento del organismo provincial. As铆 lo afirm贸 la abogada Patricia Ferraretto, de la Uni贸n de Usuarios. "Esta es una acci贸n sumar铆sima que persigue la declaraci贸n de inconstitucionalidad y la adecuaci贸n del Reglamento General de Suministros y Comercializaci贸n a la Ley Nacional de Defensa de Consumidor (RGSE)", agreg贸.
"El Reglamento General para el suministro y comercializaci贸n del Servicio El茅ctrico (RGSE) no s贸lo no contempla ni contiene los derechos y garant铆as m铆nimos que emergen del estatuto protectorio inderogable de los usuarios y consumidores conformado por la Constituci贸n Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor, sino que en muchos supuestos contradicen abiertamente su contenido", indic贸 la letrada en su presentaci贸n.
Seg煤n Ferrarotti, "los usuarios del servicio en cuesti贸n experimentan un cotidiano y permanente menoscabo a sus derechos constitucionales y legales, imputable pura y exclusivamente al accionar de la demandada".
La letrada indic贸 que en la actualidad la EPE se rige por su reglamento general de suministro para atender o canalizar los reclamos que los usuarios formulan por rotura de electrodom茅sticos o p茅rdidas por el corte del servicio. En contraposici贸n con eso, Ferraretto afirm贸 que "la relaci贸n que existe entre el usuario y el prestador, en este caso la EPE, no es una reglamentaria sino de consumo".
"La que se debe aplicar es la ley de defensa del consumidor que es bastante diferente a lo que establece el reglamento. El reglamento tiene como principio que en caso de roturas o desperfectos se presume que el prestador no es responsable por esas p茅rdidas mientras la ley nacional presume exactamente lo contrario", manifest贸 Ferraretto.
"El RGSE le confiere a la EPE un vil de indemnidad y si mantiene una estructura obsoleta, riesgosa e insuficiente para los requerimientos actuales del servicio, no s贸lo es porque err谩ticas pol铆ticas econ贸micas as铆 se lo han permitido, sino tambi茅n porque los derechos de los usuarios no han sido correctamente valorados", aseguro la letrada.
En cambio, la Ley de Defensa del Consumidor dice: "Si el da帽o al consumidor resulta del vicio o riesgo de la cosa o de la prestaci贸n del servicio, responder谩n el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio".
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