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Viernes, 30 de septiembre de 2011
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Restituyen un niño a su papá extranjero

Con pasaje de vuelta

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por cinco jueces, confirmó a un hombre estadounidense la restitución de su hijo de 3 años que vive en Rosario con su madre, tras la separación de ambos. En mayo del año pasado, el Tribunal Colegiado de Familia de la 4º nominación había determinado que el pequeño regresara a su país de origen, pero la madre apeló el fallo aduciendo "hechos graves" por parte del padre del pequeño, que no pudo probar. Ahora, la mujer tendrá la posibilidad de ser escuchada ante un juez en el lugar de origen de su hijo.

Luego de conocer a Bratt P., en Estados Unidos, V.S. (que había viajado desde Rosario) quedó embarazada en 2008. Sin embargo, meses después, la mujer denunció al hombre por "alcoholismo, incidentes de violencia en su trabajo como profesor y acusaciones de haber cometido difamación". Esta situación motivó el regreso a Rosario junto con su hijo.

La madre decidió viajar sola con el bebé, sin que el padre del niño supiera. Poco tiempo después, desde Estado Unidos, el hombre comenzó a reclamar por la tenencia de su hijo e inició una causa en los Tribunales Provinciales de Rosario para lograr la restitución del nene, que finalmente logró. Según reza el fallo, ante los dichos de la madre, sobre posible violencia por parte del progenitor; "el juez requerido (en el lugar de origen del niño) deberá limitarse a considerar que quien alega este tipo de hecho tuvo y tendrá la posibilidad de plantearlo ante las autoridades competentes de la residencia habitual del niño".

En primera instancia, el Tribunal Colegiado de Familia Nº 4 hizo lugar a la demanda del hombre y ordenó, el año pasado, que el nene fuera restituido a su progenitor, que todavía reside en los Estados Unidos. Sin embargo, la madre recurrió la resolución judicial y ahora la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial integrada por los jueces Darío Cúneo (en disidencia), Jorge Peyrano, Edgar Bracat, María Mercedes Serra y Gerardo Muñoz, resolvió confirmar esa decisión.

Los camaristas consideraron que la mujer trasladó de manera "ilícita" al niño y lo retuvo indebidamente. Las dos menciones se encuentran amparadas por el Convenio sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de La Haya. Según expresó el voto del juez Peyrano, "las pruebas ofrecidas por la recurrente (la madre) no parecen tender a demostrar el `grave riesgo para el menor' que justificaría su no restitución conforme se interpreta mayoritariamente".

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