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Martes, 26 de marzo de 2013
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Confirman sentencia de divorcio sin necesidad de una segunda audiencia

Una pareja sin esp铆ritu reconciliador

El C贸digo Civil incurre en una medida inconstitucional cuando impone a los que quieren extinguir su matrimonio que recapaciten y vuelvan a verse las caras a ver si se reconcilian. "Resulta una injerencia injustificada", dijo una jueza.

Por Luis Bast煤s
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El r茅gimen de segunda audiencia "es mantener una ficci贸n legal de seguir casados".

Una jueza de Familia dict贸 una sentencia de divorcio apenas cuatro d铆as despu茅s de haber mantenido la primera y 煤nica audiencia con los c贸nyuges, tras declarar que el C贸digo Civil incurre en una medida inconstitucional cuando impone a los que quieren de mutuo acuerdo extinguir su matrimonio que recapaciten y vuelvan a verse las caras dos meses despu茅s, a ver si se reconcilian. Y eso nunca ocurre.

El fallo fue el desenlace del juicio de divorcio que presentaron el 27 de febrero un matrimonio que llevaba 12 a帽os de casados y un a帽o y medio de separados. Lo hicieron ante el juzgado de Familia n潞 7, a cargo de Valeria V铆ttori. En la audiencia del 15 de marzo, la ex pareja esgrimi贸 de mutuo acuerdo "motivos de 铆ndole particular que hacen material y moralmente imposible la vida en com煤n". Ante esa posici贸n compartida, la jueza acept贸 el planteo de inconstitucionalidad del r茅gimen de doble audiencia que establece el art铆culo 236 del C贸digo Civil, y que est谩 imbuido de cierto esp铆ritu reconciliador de partes que se le pretende al magistrado. La din谩mica del juicio tradicional de divorcio establece que si los c贸nyuges ratifican su voluntad de divorciarse en la primera audiencia, el juez debe citarlos para un segundo encuentro, entre dos y tres meses despu茅s, para que reflexionen y eval煤en la posibilidad de reanudar el matrimonio. La norma manda que "si la conciliaci贸n no fuere posible en la primera audiencia, el juez instar谩 a las partes al avenimiento y convocar谩 a una nueva audiencia en la que deber谩n manifestar si han arribado a una reconciliaci贸n".

"Lo cierto es que en el 99 por ciento de los casos, los c贸nyuges nos dan un poder a los abogados para que vayamos en su nombre a la segunda audiencia a ratificar todo, y ellos no se presentan simplemente porque la decisi贸n de divorciarse ya la tienen largamente asumida y acordada", blanque贸 la abogada Marisa Malvestiti, representante de la mujer del matrimonio disuelto.

La jueza lo entendi贸 en el mismo sentido: "La tarea del juez de hacerlos reflexionar a los c贸nyuges y convencerlos de continuar el matrimonio, resulta una injerencia injustificada en el 谩mbito de privacidad de dos", escribi贸 en el fallo. Y lo encuadr贸 en un "eco quiz谩s de antiguas creencias, intromisi贸n de un Estado paternalista carente de motivaci贸n en el caso de dos adultos que han elegido realizar sus vidas en forma separada tras una reflexi贸n profunda".

Malvestiti, que ya realiz贸 este planteo antes y choc贸 con la ortodoxia generalizada del fuero de Familia, cuestion贸 el r茅gimen de segunda audiencia por cuando "es mantener una ficci贸n legal de seguir casados dos o tres meses m谩s, cuando en el ejemplo de mi clienta ya hab铆a una separaci贸n de a帽o y medio, y con el tema de la cuota alimentaria de los hijos ya resuelto".

Los divorciados tienen dos hijos. Se hab铆an casado en 1998, y actualmente tienen 40 a帽os de edad. "Nos sentimos escuchados, comprendidos", razon贸 la mujer a su abogada tras conocer la sentencia que V铆ttori emiti贸 el 19 de marzo. Su identidad y la de su ex esposo se mantienen en reserva para preservar su derecho a la privacidad.

Malvestiti destac贸 que los jueces no deben atarse sin reparos a la letra fr铆a de la ley. "Deben atender los cambios de su tiempo, la din谩mica de una sociedad a trav茅s de los a帽os y las circunstancias, y reverenciarse en casos precedentes", expuso.

La jueza V铆ttori cit贸 un fallo de un colega rosarino, Ricardo Dutto, en 2006, que entendi贸 "la ausencia de una raz贸n valedera para impedir el acuerdo que pretende evitar la segunda audiencia, que se ha convertido en una trivial formalidad legal". Y llam贸 a "evitar la incoherencia de la esperanza ficticia de reconciliaci贸n entre las partes". Y agreg贸 otra sentencia similar de un juzgado de La Plata. Aqu铆 Malvestiti mostr贸 su mirada cr铆tica hacia el fuero de Familia local: "De 12 jueces, s贸lo V铆ttori y Dutto tienen este criterio. El resto no ha querido apartarse de lo que dice el C贸digo, a煤n cuando hoy ya la mayor铆a de los juicios de divorcio son presentaciones conjuntas, de mutuo acuerdo".

La bisagra, seg煤n trasunta el fallo que se coment贸 mucho ayer en Tribunales, fue la incorporaci贸n de una nueva generaci贸n de derechos humanos en la reforma constitucional de 1994. La Carta Magna en su art铆culo 19 se帽ala que "las acciones privadas de los hombres que de ning煤n modo ofendan al orden y a la moral p煤blica ni perjudican a un tercero est谩n solo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados". Por lo tanto, al decir de la abogada patrocinante, "los jueces tienen herramientas para resolver mientras se aguarda que prospere el proyecto de reforma del C贸digo Civil. La letra actual se debe a concesiones que hubo que hacer en 1984 para tener la ley de divorcio vincular".

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