El fiscal federal Mario Gambacorta desestimó una denuncia penal de la empresa Belgrano Cargas y LogÃstica SA contra los habitantes de asentamientos ubicados al costado de las vÃas del ferrocarril a los que
acusaba penalmente por considerarse despojada de terrenos. La denuncia se concretó en octubre pasado e incluÃa terrenos fiscales en 17 asentamientos que sumaban más de 18 kilómetros lineales. "El derecho penal debe ser considerado siempre como la última instancia del ordenamiento jurÃdico y no a la inversa, ya que el monopolio de la fuerza fÃsica estatal, debe ser utilizado lo menos irracionalmente posible por las agencias del estado, tratando de contrarrestar el alto grado de selectividad que posee y la estigmatización que sin dudas produce, operando generalmente sobre los más vulnerables". De este modo el fiscal Gambacorta señaló que el derecho penal no debe usarse como solución a una problemática de años, sino que la respuesta debe ser social e integral por parte de todos los Estados involucrados, municipio, provincia y nación.
En su denuncia el apoderado de la compañÃa ferroviaria, Manuel Bosch, sostenÃa que "la empresa habÃa sido despojada total o parcialmente de la posesión y tenencia de terrenos o espacios vinculados y afectados a su actividad". En ese sentido, individualizaba como responsables del delito a los habitantes de los asentamientos ubicados al costado de las vÃas.
Bosch agregaba que "el despojo consistió en la invasión ilegÃtima del inmueble propiedad del Estado Nacional cuya guarda y custodia ha sido confiada a la empresa Belgrano Cargas y LogÃstica S.A, y su posterior ocupación definitiva, incluyendo la construcción de viviendas precarias conformando en conjunto lo que se han dado en llamar barrios o villa de emergencia".
Según un informe adjuntado por el denunciante, fueron constatados diecisiete asentamientos precarios en distintas zonas de la ciudad de Rosario y alrededores. De esos, doce están al costado de la traza de la lÃnea General Belgrano mientras que cinco se ubican de igual manera sobre las vÃas de la lÃnea General San MartÃn.
Pero la fiscalÃa federal N 3 de Rosario, a cargo de Gambacorta, señaló que "no puede desconocerse la realidad social que constituye cada uno de los asentamientos, que son los factores socioeconómicos, polÃticos, culturales e históricos, tanto nacionales como internacionales, que lamentablemente dieron lugar al nacimiento del fenómeno denominado como villas miseria, villas de emergencia o asentamientos precarios".
Al mismo tiempo, Gambacorta tuvo en cuenta que "un eventual descarrilamiento en el ámbito de uno de esos asentamientos, tal como ocurrió el pasado jueves 14 de noviembre, podrÃa generar graves e irreparables daños a los bienes materiales y especialmente a las personas que los habitan".
En este sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que "sin desconocer obviamente la magnitud y complejidad del fenómeno, el Estado argentino en sus tres niveles, Nación, Provincia y Municipios, debieran del modo más rápido, eficiente y razonable posible, atender el problema que se enuncia para evitar, entre otros muchos males y sufrimientos no expresados, las consecuencias presagiadas en la denuncia y aludidas en el punto anterior".
De esta manera, el fiscal desestimó la denuncia señalando que "el derecho penal, en un estado constitucional y democrático de derecho, debe ser considerado siempre como la última instancia del ordenamiento jurÃdico y no a la inversa, ya que el monopolio de la fuerza fÃsica estatal, caracterÃstica ésta que impregna todo el sistema penal, debe ser utilizado lo menos irracionalmente posible por las agencias del estado, tratando de contrarrestar el alto grado de selectividad que posee y la estigmatización que sin dudas produce, operando generalmente sobre los más vulnerables".
Por estos motivos, el representante del Ministerio Público envió las copias de las actuaciones pertinentes a los respectivos organismos del Estado Nacional, Provincial y Municipal para que tomen conocimiento del asunto. El fiscal también elevó la denuncia y su desestimación al Juzgado Federal en turno.
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