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Viernes, 13 de marzo de 2015
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La Justicia ratificó el procesamiento de ex jueza María Luisa Pérez Vara

Unos días en la costa atlántica

Para el juez Núñez Cartelle está comprobado que la ex magistrada incumplió los deberes de funcionaria pública al no intervenir en un doble homicidio "con características gravísimas". Estaba en Cariló, por eso "no daba señales de vida".

Por Lorena Panzerini
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La justicia recordó el "insólito" accionar de la ahora jubilada Pérez Vara.

La Justicia rechazó el pedido para que se revoque el procesamiento de la ex jueza María Luisa Pérez Vara por "incumplimiento de sus deberes de funcionaria pública". El planteo de la defensa se realizó cuando la imputada fue acusada por no haber iniciado la investigación tras el asesinato del sospechado narco Luis Medina y su novia Justina Pérez Castelli, del 29 de diciembre de 2013. Ahora, la ex magistrada quedó más cerca de llegar a juicio. "Hay sobradas pruebas de que efectuó llamados desde una línea con punto de ubicación en la ciudad de Cariló. No cabe duda alguna: estaba en pleno turno. Estaba en la costa atlántica, cuando en realidad debía estar cumpliendo con sus obligaciones, no solamente del hecho gravoso, sino de toda la gestión que implicaba el turno", expresa el fallo del juez Correccional Nº 8, Héctor Núñez Cartelle.

A 14 meses del hecho, que el magistrado consideró "insólito" sobre el accionar de la ahora jubilada Pérez Vara, la Justicia consideró que ésta debe asumir las consecuencias penales de su incumplimiento. "Contamos con una adecuada comprobación acerca de la existencia de un ilícito en el cual la imputada pudo tener responsabilidad", dice el fallo; que habla de "infructuosos y reiterados requerimientos de su

persona para que interviniera en un doble homicidio con características gravísimas"; y la jueza "no daba señales de vida".

Basado en testimoniales del personal del juzgado de Pérez Vara, el magistrado consideró que "la jueza se conducía con una extraña forma de organizar sus funciones, en cuanto a la jerarquización de cada cargo dentro de un Tribunal, ya que conforme a lo que se deduce de las declaraciones, poseía funciones simplemente administrativas apenas reguladas por una acordada de la Corte Suprema provincial". Además, apunta a una persona específica que "inobjetablemente, tenía no solo un mayor contacto con la magistrada sino que era una especie de custodio del acceso a su persona, teniendo guardado de forma prácticamente oculta, todos sus teléfonos".

Según detalla la resolución acerca de las llamadas que se hicieron desde el tribunal para contactar a la ex magistrada, "surge de la llamada que recibió Carina Lurati (presidenta del Colegio de Jueces) que (el número desde donde la contactaron) provenía de la ciudad de Cariló".

Por otra parte, en ese momento la jueza "también eludió la sugerencia de que le enviaran al médico visitador, como reglamentariamente debía aceptar (al alegar estar enferma)". Sobre ello, Pérez Vara respondió que iría luego a su médico personal, quien --para el juez Núñez Cartelle-- "descaradamente afirmó que el día 30 la atendió en su consultorio de Rosario, lo cual es absolutamente falaz, puesto que ese día la jueza estaba en Cariló"; y consideró que "debería ser investigado por el Ministerio Público de la Acusación, al que se enviarán copias ante el eventual delito de falso testimonio".

Para el magistrado, existió "ausencia de quien debía encabezar la instrucción de un caso, que por la magnitud y las características, era ineludible. Con ello, (Pérez Vara) comprometió la investigación que debía tener especial atención, cuando la misma magistrada tenía a cargo el hecho por el cual fue baleada la casa del gobernador (Antonio Bonfatti) y en la que había un presunto imputado (en aquel momento) que tenía vinculación directa con la víctima del homicidio".

En rigor, el magistrado que la procesó y confirmó ayer el decisorio al no hacer lugar al planteo de la defensa, y planteó que "la omisión en tal desempeño está viciada por un comportamiento ilegal traducido en una artera maniobra tendiente a no aplicar la norma o a desconocerla". En ese sentido, consideró que "no se puede admitir el hecho de que estuviera próxima a jubilarse (en aquel momento), puesto que, más allá de que hubiera presentado su renuncia algunos meses atrás, y fuera aceptada por el Poder Ejecutivo, lo era a partir del 31 de marzo de 2014", aclaró.

"Aparecen elementos nítidos que avizoran extremos abusivos en el ejercicio de la autoridad. Se había ausentado desde hora temprana,

pudiéndose suponer que lo habría hecho el día anterior, lo que

demuestra la incuria alegada que luego, con serias dificultades, pudo ser subsanada con la designación de un juez que firmara las órdenes de

allanamiento y luego que se haga cargo del resto temporario del turno", dijo Núñez Cartelle acerca de los magistrados que intervinieron.

Aquel 29 de diciembre, sus superiores del fuero penal intentaron contactarla sin suerte, hasta que llamó para alegar problemas de salud. Eso obligó a dejar la causa por el doble crimen en manos de Raquel Cosgaya, primero, y luego en Alejandra Rodenas.

El delito, según dijo la semana pasada la fiscal de Cámaras Cristina Rubiolo, tiene prevista una pena de un mes a dos años de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo.

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