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Lunes, 9 de noviembre de 2015
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Consecuencias que provocó el cambio del marco jurídico que regula la sociedad.

A divorciarse que se acaba el mundo

En tres meses de vigencia del nuevo Código Civil, los tribunales rosarinos superaron la cantidad de divorcios tramitados en el primer semestre del año. Tres cuartas partes son casos en los que uno de los cónyuges lo hace por su cuenta.

Por Lorena Panzerini
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En sólo tres meses de vigencia del nuevo Código Civil, se tramitaron 1.234 divorcios en Rosario.

Solo en los tres meses que lleva vigente el nuevo Código Civil de la Nación, ingresaron en los tribunales de Rosario más pedidos de divorcio que en la primera parte del año. Entre el 1º de enero y el 31 de julio se presentaron 966 expedientes con solicitudes para finalizar con un matrimonio; mientras que entre el 1º de agosto (cuando se puso en marcha la reforma) y el 5 de noviembre pasado, las presentaciones fueron 1.234. De ese total, en solo 341 casos los miembros de la pareja llegaron con una presentación conjunta. Es que el nuevo sistema contempla el pedido unilateral de divorcio, sin que la otra parte pueda negarse. Si bien el dato de cantidad de solicitudes y la agilidad del trámite son significativos, desde la Justicia de Familia remarcaron que el mayor cúmulo de trabajo se da en el área de salud mental. También hubo cambios importantes en adopción.

La nueva ley, que rige hace tres meses, significa una simplificación en el trámite de divorcio que ya no requiere de motivaciones, plazos ni audiencias de conciliación. A partir de ahora, el pedido de divorcio puede ser presentado por una sola de las partes y la otra no puede impedirlo. Además, ambos deben presentar una "propuesta reguladora" en cuanto a los términos de la separación; es decir, cómo organizarán el tema de los bienes, hijos, gastos, deudas, entre otras cuestiones de familia. Otra novedad es que tras el divorcio, uno de los integrantes podrá pedir una "compensación económica", que será analizada, en cada caso, por un juez.

En diálogo con Rosario12, el juez de Familia Marcelo Molina señaló que con el nuevo código "es probable que quienes se quieren separar no vengan a Tribunales, porque alcanza con un poder firmado a sus abogados". Además, dijo que el trámite, en los casos más simples, podría salir en "un mes". Al mismo tiempo, destacó que ahora la sentencia de divorcio es "independiente" del arreglo entre las partes sobre la continuidad de la vida familiar. Es decir que, si bien las partes están obligadas a lograr un acuerdo en cuanto a la convivencia con los hijos, la distribución de bienes y demás obligaciones no depende la sentencia de los magistrados, que pueden darles el divorcio y continuar con el otro trámite abierto.

La avalancha de pedidos de divorcio duraría hasta marzo o abril, según los jueces, luego esa tendencia se normalizaría. Sucede que muchas parejas que estaban separadas de hecho esperaron a la fecha de entrada en vigencia del nuevo código para tramitarlo de manera más sencilla, o porque la otra parte no quería. En los primeros dos días de vigencia del nuevo Código, se habían acumulado 30 pedidos en el fuero civil. Todo un síntoma.

El trámite de divorcio trae varias novedades. Una de ellas es que la infidelidad ya no será causal de culpabilidad de quien haya cometido adulterio. Además, antes los miembros de la pareja debían exponer su vida en matrimonio ante un juez para lograr una resolución. Tampoco se realizarán las audiencias de conciliación para evitar ese divorcio.

Ahora alcanza con que una de las partes lo pida. El otro miembro de la pareja (de cualquier sexo), llegado el caso, será notificado por la Justicia. También la pareja puede presentar el requerimiento en conjunto y, para adelantar tiempos, adjuntar la propuesta reguladora que debe dar cuenta al magistrado de un arreglo de partes en cuanto a las cuestiones que durante el matrimonio realizaban juntos.

Al mismo tiempo, el nuevo Código incluye la posibilidad de la compensación económica para una de las partes. Esto se da cuando uno de los miembros de la pareja, por ejemplo, pospuso su carrera profesional en pos del cuidado de sus hijos o de alguna cuestión del hogar; mientras que la otra parte sí se desarrolló profesional y económicamente. El miembro de la pareja que no logró independencia económica podrá solicitar esa compensación. Un magistrado valorará, en cada caso, la desigualdad expuesta con el trámite de divorcio. La misma podría ser temporal o permanente.

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