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Viernes, 29 de abril de 2016
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La Corte Suprema nacional denegó el recurso de Coto contra el descanso dominical

Todo un triunfo de los mercantiles

El máximo tribunal consideró que el tema planteado por la cadena de supermercados no era de incumbencia federal, y ni siquiera abrió la discusión sobre la ley
13441. El fallo causó satisfacción en la Asociación Empleados de Comercio.

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Desde el 1º de julio, las grandes cadenas de supermercados deberán cerrar los domingos.

Los empleados mercantiles santafesinos le ganaron a la cadena de supermercados Coto una pulseada judicial que en unos pocos meses escaló hasta lo más alto de la pirámide de Justicia nacional y esta semana se definió finalmente a favor de la posición de los trabajadores: la ley de descanso dominical en la provincia no se discute, y a la Corte Suprema no le corresponde tallar en esa polémica, según el veredicto que expidió el martes el máximo tribunal del país.

La Corte, con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, abortó la estrategia judicial del empresario Alfredo Coto al rechazarle un recurso de amparo contra la Provincia de Santa Fe, en el marco de la polémica sostenida alrededor de la ley 13441, que regula el horario de apertura y cierre de comercios y el régimen de trabajo en feriados. En sencillo, se trata de la ley provincial conocida como "de descanso dominical", que impone en esta jurisdicción el cierre de las superficies comerciales de más de 1.200 metros cuadrados, siempre y cuando los municipios en los que se encuentren adhieran a la norma. Y Rosario adhirió, a pesar de que antes Coto hizo lobby en el Concejo para imponer su voluntad, y asignó fuerza de choque con la expectativa de desarmar el consenso político y gremial para apoyar la ley provincial.

Por todo esto, la cadena de supermercados -que en Rosario posee tres sucursales- se jugó su última carta, hasta ahora, por la vía judicial, y acudió directo a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Y lo que consiguió fue un revés definitorio.

"Buscaron ese camino porque un supermercado de Reconquista ya había intentado lo mismo ante la Corte Suprema provincial y no pudo. Creyeron que en la Corte nacional podrían ganar. Pero estábamos seguros de que pasaría esto. Se hizo justicia, lo rechazaron, y seguiremos firmes hasta hacer posible que los compañeros en Rosario tengan su derecho a descansar un domingo y compartir con su familia", afirmó Juan Gómez, secretario gremial de la Asociación de Empleados de Comercio.

La ley, según la adhesión del Concejo, regirá desde el 1º de julio próximo.

Coto pretendió que el máximo tribunal dijera en su pronunciamiento que la provincia "carece de facultades para regular la jornada de trabajo, el descanso semanal de los trabajadores, los días feriados, el régimen de apertura y cierre de los comercios y el horario de atención al público de los supermercados, en tanto ya se dictaron las normas respectivas en el orden nacional", según la retórica de su recurso de amparo.

El supermercadista, a través de su abogado, Mariano Vaquero, postuló que la provincia se inmiscuye en la regulación de temas laborales y económicos que le corresponden al gobierno nacional, lo que violaría -según afirmaron- el artículo 31 de la Constitución nacional.

La empresa abrigaba esperanzas en un dictamen de la Procuración General que se había pronunciado a favor de que la Corte federal interviniera en el asunto, habida cuenta de que habría en juego aspectos concernientes al contrato de trabajo y de promoción comercial. Pero no. Los ministros entendieron que ese no es el criterio, por lo que meterse en este pleito "no corresponde a la competencia originaria de esta Corte".

En el lenguaje técnico que le es característico, los jueces explicaron su parecer. Dijeron que les toca intervenir sólo cuando el amparo refiere a "prescripciones constitucionales de carácter nacional, leyes del Congreso o tratados" en los que predomine la dimensión federal del caso. Y en el caso del descanso dominical de los mercantiles rosarinos y santafesinos, se trata de un asunto "de índole local". Sanseacabó.

En la Asociación de Empleados de Comercio recibieron con sentida satisfacción la resolución de la Corte. Significó zanjar quizás la reivindicación gremial más resistida por la patronal en el último tiempo.

El supermercadismo en Rosario emplea alrededor de 4.300 personas, de las cuales 1.580 trabaja en los hipermercados, y 2.103 en las cadenas locales, según datos propios del gremio mercantil, que sólo en esta ciudad nuclea a 50.000 afiliados. Esas cifras demuestran que "la proporción de quienes descansarán el domingo sí o sí no es significativa dentro del contexto de lo que es la actividad comercial en la ciudad", le dijo a Rosario/12 Sebastián Ferro, de la AEC.

El mes pasado, el gremio divulgó un informe con el que reveló que cuatro grandes cadenas de supermercados eliminaron 700 puestos de trabajo para reducir así 31 por ciento su planta de personal desde 2006, en contraste con la diversificación de rubros e incremento de ganancias que experimentaron. Son, precisamente, las cadenas que mayor oposición fogonearon a la ley de descanso dominical: Coto, Jumbo, Carrefour, Libertad y el mayorista Makro.

Al presentar ese informe en la Asociación Empresaria, la prosecretaria general de la AEC, Silvana Crocci, denunció: "Coto trató de impedir el tratamiento de la ley, y pretendió extorsionar a los concejales para que no la aprobaran. De manera vil y artera, en paralelo, despidió a trabajadores, que afortunadamente deben ser reincorporados a partir de la conciliación dispuesta por el Ministerio de Trabajo. Y lo hizo sin que jamás hubiese existido un perjuicio cierto y verificable. Hay 22 localidades santafesinas que pueden dar cuenta de que muy lejos de que haya riesgo de pérdida de fuentes de trabajo, eso no ocurre".

Ahora, la Corte también jugó a favor de la posición gremial.

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