Dos proyectos de ley de la diputada Ver贸nica Benas que apuntan a modernizar el proceso penal en la provincia y agilizar las causas por delitos contra la integridad sexual, cumplir谩n el 30 de noviembre su primer per铆odo sin que la C谩mara de Diputados haya comenzado a tratarlas, lo que compromete su futuro legislativo, ya que s贸lo la voluntad pol铆tica del Partido Justicialista (mayor铆a en las dos C谩maras) permitir谩 destrabarlas. Una de las iniciativas introduce la figura del querellante particular, que permite a las v铆ctimas de un delito actuar dentro de la causa y la otra crea una fiscal铆a espec铆fica para delitos de abuso sexual (ver aparte).
Las iniciativas se presentaron en agosto y septiembre y fueron giradas a la comisi贸n de Asuntos Constitucionales, pero nunca se trataron. Al cumplir su primer per铆odo, entran en un tiempo de descuento, ya que la decisi贸n de darles v铆a libre se restringe al pr贸ximo per铆odo de sesiones ordinarias. Las dos son complementarias de la retrasada reforma del C贸digo Procesal Penal provincial que recuperaron con una nueva presentaci贸n los diputados Danilo Kilibarda (PJ) y Santiago Mascheroni (UCR), donde se introducen el juicio oral y otros institutos para hacer m谩s 谩gil el proceso.
Los proyectos de reforma implican una reestructuraci贸n del sistema judicial, con carga presupuestaria, y aunque el propio Jorge Obeid haya enunciado su necesidad, nunca fueron realmente impulsados. Pero el querellante particular no significa ninguna erogaci贸n para el Estado. S贸lo tiene costo para la v铆ctima, que contratar谩 un profesional para representarla, y para el acusado, si tiene que afrontar las costas al ser condenado. Ninguna de las iniciativas comenz贸 a tratarse en la Comisi贸n de Asuntos Constitucionales, donde debe producirse el dictamen. "No tiene ning煤n sentido presentar proyectos de avanzada en la C谩mara, si no se empuja su concreci贸n. Hace falta una fuerte voluntad pol铆tica del Partido Justicialista para que estas modificaciones se hagan realidad", consider贸 Benas.
El proyecto del querellante particular incorpora al C贸digo Procesal Penal que "toda persona con capacidad civil particularmente ofendida por un delito de acci贸n p煤blica tendr谩 derecho a constituirse en parte querellante y como tal impulsar el proceso, proporcionar elementos de convicci贸n, argumentar sobre ellos y recurrir con los alcances que en este C贸digo se establezcan". La iniciativa habilita adem谩s al querellante a "colaborar en la investigaci贸n y en el plenario, para acreditar el hecho incriminado, la responsabilidad penal del imputado, y la extensi贸n del da帽o causado". Establece tambi茅n que la v铆ctima (constituida en querellante) podr谩 recurrir los dict谩menes en todos los casos en que pueda hacerlo el ministerio fiscal.
Esta modificaci贸n moderniza el C贸digo procesal santafesino, que si bien hab铆a incluido en 2003 el derecho al trato digno hacia la v铆ctima, no permit铆a su incorporaci贸n en el proceso como actor. De este modo, la 煤nica posibilidad de las v铆ctimas de estar al tanto del expediente es iniciar una acci贸n civil, lo que supone solicitar una indemnizaci贸n. Y a煤n as铆, s贸lo pueden conocer el avance de la investigaci贸n, no actuar en ella.
Santa Fe es la 煤nica provincia que no incluye esta figura, ya que tiene el C贸digo Procesal Penal m谩s antiguo del pa铆s, el 煤nico que no fue modernizado en forma integral, m谩s all谩 de las reformas introducidas en 2003 que instituyen (por ejemplo) el juicio abreviado.
Con estos antecedentes, Benas redact贸 fundamentos que recorren la jurisprudencia respecto de la acci贸n de la v铆ctima en el proceso penal. Indica que Santa Fe ha quedado retrasada con un sistema inquisitivo, donde el Estado tiene el monopolio de la acusaci贸n mientras afirma que el sistema acusatorio es m谩s garantista, tanto para el imputado como para las otras partes del proceso. En esa direcci贸n se encaminan las reformas en danza, aunque ninguna haya prosperado.
"Se ha dicho con raz贸n que la v铆ctima ha sido la gran ausente en el proceso penal de todos los tiempos", dicen los fundamentos del proyecto de ley, donde se indica tambi茅n que "el concepto de v铆ctima se agiganta, pues a la persona que ha sufrido la ofensa del delito se le pliegan temas como vulnerabilidad social, marginaci贸n, subsistema y progresiva segmentaci贸n social negativa". Los ejemplos sobran. Por eso, Benas considera que "urge dar cabida en el C贸digo Procesal Penal de Santa Fe la colaboraci贸n y por qu茅 no el control de la v铆ctima respecto del Fiscal, mediante el ejercicio de la querella". Urgencia es una palabra que no se conjuga con Legislatura en la provincia de Santa Fe.
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