El defensor general Gabriel Ganón habÃa señalado, en 2012, en un hábeas corpus presentado por las condiciones de detención en la Unidad Penal número 5 que "el régimen para las visitas de las detenidas es restrictivo", y refirió las largas colas que deben realizar los familiares en la puerta del penal, asà como las requisas a las que son sometidos y el "escaso personal asignado a tal tarea" hace que el tiempo para las visitas resulte "efÃmero".
Ganón señaló a este diario que, pese al hábeas corpus interpuesto en 2012, no hubo ningún cambio en la situación de las detenidas en la Unidad 5. En aquella presentación, las internas habÃan asegurado que la comida es "incomible" y por eso debÃan procurarse el alimento a través de sus familiares, como asà también que el lugar tenÃa condiciones de higiene muy deficientes, al punto que hay "ratas y cucarachas" que salÃan de las letrinas, sin elementos suficientes para limpieza, ya sea del edificio como personal.
"En su momento, el delegado del ministro de Seguridad, Raúl Lamberto, habÃa asegurado que las internas iban a ser trasladadas a un nuevo edificio", relató Ganón, pero eso no ocurrió casi tres años después.
En 2008, la modificación del artÃculo 33 de la ley nacional 24.660 amplió las condiciones para la detención domiciliaria. El juez de ejecución penal (jueza en este caso) puede disponerla "al interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia" y también "al interno discapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel". La descripción de las condiciones de vida de Ana MarÃa Basualdo se incluye en estos dos incisos del artÃculo.
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