Si los lugares de alojamientos de chicos y jóvenes llegaran a ser como los prevé el proyecto de ley, difÃcilmente hubiese ocurrido la muerte por quemaduras de Néstor Salto, el 19 de abril pasado en el Instituto de Rehabilitación del Adolescente Rosario (IRAR). Tampoco podrÃa haber estado Heraldo V., el joven "olvidado" por dos jueces -de Menores Juan Leandro Atigas y de Instrucción Luis MarÃa Caterina- en la Unidad Penitenciaria de Coronda. En ambos casos el desamparo fue el común denominador.
El proyecto de Código Procesal Penal de Menores de Edad habla acerca que los chicos privados de libertad en forma cautelar serán alojados en establecimientos adecuados, separados de los mayores de edad y de los menores sobre los que haya recaÃdo sentencia de responsabilidad.
También dice que recibirán los cuidados, la protección y toda la asistencia social, educacional, religiosa, profesional, psicológica, médica y fÃsica que requieran, con especial atención a la edad, al sexo y a las caracterÃsticas individuales y en todo momento serán tratados como inocentes.
La iniciativa sostiene que en el alojamiento se garantizará el acceso del menor de edad al estudio e información general, a actividades deportivas, recreativas y culturales, a la luz solar y al aire libre en cada jornada, a la disposición del tiempo libre, a la comunicación con familiares y amigos, a las visitas Ãntimas y a todo aquello que redunde en su mejor interés. El chico mantendrá la posesión de sus objetos personales que no impliquen peligros para sà o para terceros, debiendo tomarse los recaudos para su resguardo y conservación.
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