Los jueces Mario Kohan, Raúl Neu y Ariel Introzzi Truglia consideraron a Ernesto David Luque (29) y Débora Acuña (30) coautores de un homicidio doblemente calificado por criminis causa (matar para ocultar otro delito y lograr la impunidad) y por tratarse la víctima de un miembro de una fuerza de seguridad, en concurso real con robo calificado por el uso de armas y tenencia ilegal de armas de guerra y de uso civil.
Además, Luque, quien al momento de asesinar a Garrido estaba desde hacía 15 días en libertad condicional por otra condena, fue declarado reincidente.
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