San Luis formuló el planteo en su calidad de titular de LV 90 TV, el Canal 13 local, que depende de la Secretaría General, Legal y Técnica de la gobernación. Según la demanda, firmada por el gobernador puntano, Alberto
Rodríguez Saá, la nueva normativa "impone restricciones a la libertad de expresión de las personas físicas y jurídicas residentes en la Provincia de San Luis". Además, la provincia afirmó que la ley "establece gravámenes presuntamente ilegítimos a la actividad de difusión de mensajes audiovisuales, todo ello sin competencia del Congreso Nacional en la materia".
Este es el primer expediente en el que la Corte está en condiciones de resolver sobre el fondo de la cuestión, es decir sobre la validez de la ley. De todas formas, el expediente tramitará como "juicio ordinario", lo que equivale a decir que no tiene plazos cortos para resolverse y podría durar meses, incluso años.
El fallo que acepta tratar el planteo fue firmado por los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay. La "competencia originaria", instancia en la que la Corte interviene como primer y único tribunal, se produce cuando, por ejemplo, un estado provincial demanda al Estado nacional.
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