Según la resolución, "el reiterado comportamiento disfuncional puesto de manifiesto por quien aparece como representante del Estado Nacional en las asambleas o reuniones de directorio de la sociedad (...) hace necesario a esta altura adoptar un temperamento acorde con la situación planteada, con el propósito de poner fin a esas acciones que innecesariamente obstaculizan el normal funcionamiento de la sociedad y, a la vez, preservar la autoridad del juez interviniente en el desempeño de su rol institucional”.
De acuerdo con el fallo difundido a través el Centro de Información Judicial, la Cámara dispuso que "dicho funcionario deberá abstenerse de concurrir a tales reuniones y a la sede de la sociedad”.
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.