Aquel día, los dos jóvenes estaban en el bar de un minimercado viendo imágenes de la represión que tenía lugar en Plaza de Mayo. Hasta que en un momento la televisión mostró que uno de los manifestantes agredía a un policía y eso provocó comentarios de Gómez. Al escucharlo, el entonces suboficial de la Policía Federal Juan de Dios Velaztigui “se levantó y con su arma reglamentaria dio muerte a Gómez y Tasca", se explica en el fallo.
Por este hecho, el tribunal ordenó que al Estado indemnizar con 575.040 y 678.000 a las familias de Gómez y Tasca, respectivamente.
El policía fue condenado el 10 de marzo de 2003 a la pena de prisión perpetua por el Tribunal Oral en lo Criminal 13 y el reclamo civil fue finalmente evaluado por la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial federal, con las firmas de los jueces Ricardo Recondo y Graciela Medina.
En la misma resolución se eximió de responsabilidad a los dueños de la Estación de Servicio porque no tenían posibilidades de dar órdenes en ningún sentido al policía Velaztiqui ya que “no se desempeñaba en relación de dependencia con la referida firma comercial, mientras que sí lo hacía con la Policía Federal Argentina”.
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