Al declarar por videoconferencia, Balza recordó que en 2000, al leer los testimonios que recogidos por el ex juez Adolfo Bagnasco, por entones a cargo de la investigación, que incluían dichos de "médicas, parteras y enfermeras", no dudo en pensar que las apropiaciones de bebés a las madres detenidas en los centros clandestinos de la dictadura "obedecían a una práctica sistemática".
El diplomático, quien aludió a los años de la dictadura como "período trágico de nuestra historia", señaló que en la zona del Hospital Militar de Campo de Mayo, donde las prisioneras parturientas daban a luz a los niños, que luego eran apropiados por los represores, las mujeres "entraban con una guardia de prevención y no se las registraba en los libros". Y subrayó la intencionalidad al indicar sin "ninguna duda" que existieron listas de víctimas de delitos de lesa humanidad.
Ante una consulta puntual sobre si esas prácticas fueron ordenadas, consentidas o autorizadas por las máximas autoridades militares de entonces, Balsa afirmó: "no tengo ninguna duda de que esas órdenes no fueron impartidas por un subordinado ni un oficial de menor rango".
En ese sentido, el ex jefe del Ejército expresó que "se comentaba" que en la ESMA existía un denominado "lugar de reunión de detenidos" y que se trataba de un sitio cuyo acceso estaba "expresamente prohibido".
Por otro lado, Balza ratificó ante los magistrados durante la videoconferencia una acción ordenada mediante el "mensaje militar conjunto" del 22 de noviembre de 1983, que debía ejecutarse para el 1 de diciembre, nueve días antes de la asunción de Alfonsín, por el ex jefe del Ejército Cristino Nicolaides. El objetivo del pedido era "proceder a la incineración" de la "documentación clasificada de la lucha contra la subversión" que las unidades militares debían entregar a la jefatura de la fuerza.
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