La Resolución General 3279 del organismo recaudador establece que esos conceptos deberán declararse anticipadamente en el área "Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos" de su página web. "Este régimen informativo busca evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al Sistema Único de Seguridad Social, ya que la AFIP, a través de sus tareas de fiscalización, advirtió que numerosos empleadores abonan una parte importante de los salarios mediante conceptos consignados como no remunerativos", dice el texto oficial.
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