Se trata de una decisión que tiende a establecer las mismas condiciones para quienes compren divisas en el exterior y quienes lo hagan dentro del país. Por ejemplo, si uno posee una cuenta en dólares o euros y viaja a Brasil, podrá extraer reales.
En cambio, cuando se obtiene dinero de un cajero en el exterior con una tarjeta de crédito no se está realizando una extracción a partir de una cuenta, sino que se está sacando un adelanto de efectivo. Esta operación es equivalente a realizar una compra, dado que el saldo deudor generado se debe cancelar a través del pago del resumen del plástico.
La obligatoriedad de esta norma rige para cualquier persona, empresa u organismo que desee realizar extracciones en el exterior a través de una tarjeta de débito.
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