"Vamos a plantear que la causa se siga investigado, que seamos tomados como querellantes y en caso contrario vamos a ir a la Cámara Federal por denegación de justicia", aseguró Enrique Fukman, de la AEDD. Además, anticipó que solicitarán que se recaben pruebas sobre las actividades del sindicalista en la "Zona 4", perteneciente a Campo de Mayo, donde funcionaba un centro clandestino de detención.
La resolución del archivo del expediente fue firmada por Lijo, a instancias del fiscal Jorge Di Lello, luego de que ambos sostuvieran que no se encontraron elementos para vincular a Martínez con esos hechos. "Si bien Martínez cumplió funciones en una estructura intrínsecamente ilegal, su responsabilidad penal no puede ser determinada por sus funciones, o porque objetivamente pertenecía al Batallón de Inteligencia 601. Lo contrario -incriminar al Batallón de Inteligencia 601-, implicaría quebrar todos los preceptos y principios jurídicos sobre culpabilidad por el acto y de autoría y participación", dice la resolución.
Organismos de derechos humanos y dirigentes del Sindicato de los Trabajadores de la Industria de la Construcción y Afines (SITRAIC) habían anunciado que presentarían más pruebas contra Martínez para vincularlo a la desaparición de cinco obreros.
De acuerdo a la denuncia, Martínez habría actuado como agente civil de la dictadura bajo el alias "Gabriel Antonio Mansilla" en el período 1982-1984, y su rol de gremialista le habría permitido brindar información sensible que derivó en la desaparición de cinco obreros. Sin embargo, la Justicia estableció hoy que esos hechos sucedieron antes de que Martínez trabajara para el 601. La Justicia pidió informes al Ejército y a la Secretaría de Derechos Humanos, documentación en donde -según el fallo- se aseguró que "la totalidad de los 94 ilícitos a trabajadores o extrabajadores de actividades ligadas a la construcción fueron anteriores al 1 de marzo de 1982, año en el que, según registró Gerardo Alberto Martínez, fue incorporado al Ejército Argentino como agente civil de inteligencia".
El fiscal intentó localizar al capitán que había evaluado a Martínez para el puesto, pero el testigo ya había fallecido y por lo tanto se estableció que no se podía avanzar en el caso. Di Lello admitió que la Justicia calificó al Batallón de Inteligencia como una verdadera organización delictual, pero sostuvo que "no puede entenderse que la sola pertenencia al mismo resulte orientativo de que el imputado participaba de los fines de tal sociedad criminal".
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