Para el cumplimiento de esta normativa puesta en marcha por resolución general 3395, la AFIP agregó en el área de "Ventanilla Única" de su sitio web un apartado para que las empresas de turismo declaren la información correspondiente a "pasajes de viajes en buques o aeronaves, así como a los gastos de turismo y viajes por servicios contratados al exterior concertados por operadores turísticos que actúan en el país", según precisó un comunicado oficial.
Los motivos por las cuales se extendió los controles hacia esas empresas son, según el organismo, "razones de administración tributaria" que "tornan necesario extender la aplicación de dicha resolución general".
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