El fallo fue firmado por los siete integrantes del cuerpo y consta de cinco puntos. El primero ellos requiere "al juez de primera instancia el inmediato dictado de la sentencia definitiva", además de "exigir a las partes y terceros el cumplimiento estricto" de la Ley de Medios, la adopción de las "medidas necesarias para prevenir conductas obstruccionistas" y la aplicación de "las sanciones correspondientes".
En el segundo punto se requiere a la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que "ordene formar un legajo (...) de la causa en trámite" y en el tercer ítem se comunica a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo que "deberá proceder con carácter urgente al sorteo de los jueces subrogantes requeridos".
En su presentación rechazada hoy, el Grupo Clarín había solicitado a la Corte que disponga la extensión de la medida cautelar que vence el 7 de diciembre y pone en plena vigencia la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Según ese escrito de 37 carillas presentado por Clarín el 21 de noviembre pasado, había una situación de "indefensión" (sic) generada por "las recusaciones, excusaciones y renuncias", que deja al Grupo en esa instancia "por carecer de la posibilidad de que se conforme un tribunal competente que resuelva en tiempo útil la extensión de la medida cautelar que el 7 de diciembre próximo perderá vigencia".
La intención de ampliar la medida cautelar tenía por objeto impedir la aplicación del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que obliga a todos los propietarios de medios a adecuarse a la normativa vigente.
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