Los bonos de deuda emitidos por el Tesoro Nacional serán a un plazo de 10 años, con amortización íntegra al vencimiento, y con una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del BCRA para el mismo período, y hasta un máximo de la tasa Libor anual menos un punto porcentual. Asimismo, el Decreto fijo que los intereses se cancelarán semestralmente.
De esta manera, el Gobierno hizo uso de la ley 26.739, que dispone que las reservas excedentes del Banco Central podrán aplicarse al pago de obligaciones de deuda.
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