El Consejo, órgano permanente del Poder Judicial, está integrado por 13 miembros: tres jueces, dos abogados, un académico, un representante del Poder Ejecutivo y seis legisladores (tres de cada Cámara, dos por la mayoría y uno por la minoría).
Entre otras funciones, sus integrantes deben ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados y decidir la apertura del procedimiento de remoción de jueces, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente.
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