El mecanismo dividió la canasta en tres grupos. En el considerado "de alto impacto" -que incluye alimentos, leche, gaseosas, pañales, artículos de limpieza e higiene- la multa por faltante de producto fue establecida en 38.462 pesos.
La sanción para los productos de mediano impacto -papel higiénico, cervezas, algunos artículos de higiene, aceites, jugos y algunos alimentos- se fijó en 23.438 pesos. En tanto que para los de moderado impacto -algunos artículos de limpieza e higiene y algunos alimentos- la multa se estipuló en 15.625 pesos por producto.
La medida está dispuesta en la Resolución 20/2014 de la Secretaría de Comercio a cargo de Augusto Costa, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, y que establece que en el caso de faltante de la totalidad de la canasta de productos del programa la sanción llega a 5 millones de pesos.
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