En su dictamen Cayssials señaló que "el proceso de enjuiciamiento aquí cuestionado resulta claramente el ámbito propicio para que el actor (Campagnoli) pueda ejercer y hacer valer los derechos y garantías constitucionales que entiende vulnerados". "El curso de ese procedimiento -agregó- no puede detenerse por actos emanados del Poder Judicial o del propio interesado, pues ello implicaría desconocer a los órganos que el ordenamiento legal establece para su juzgamiento".
Para el juez, cuando se halla en trámite un proceso para investigar y juzgar la presunta responsabilidad institucional de un funcionario, se debe permitir su desarrollo porque "el análisis correspondiente a si reúne o no las condiciones configurativas del mal desempeño, es de competencia exclusiva y excluyente del Tribunal de Enjuiciamiento". El magistrado concluyó que, solo luego de una eventual sentencia del jury, Campagnoli podrá impulsar la revisión judicial del fallo ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
Toda intervención judicial anterior a la sentencia es "extemporánea por prematura", evaluó Cayssials, quien, aunque rechazó el amparo, ordenó que se abone a Campagnoli la totalidad de su sueldo, ya que la suspensión sumó un descuento en haberes.
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