La resolución 229 indica que las superviciones en la que colaborarán los demás organismos "deberán seguir un enfoque basado en riesgo, que incluya el desarrollo de una matriz referida al sector económico supervisado, todo lo cual deberá quedar establecido en el Manual de Procedimiento del organismo".
Se dispone también que las inspecciones in situ se clasificarán en integrales, destinadas a verificar el cumplimiento de la totalidad de las políticas y procedimientos de las obligaciones; y específicas, para verificaciones puntuales.
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