Además, Capitanich explicó que el tribunal que entendió en el caso “dictó un laudo el 22 de agosto de 2012, en el que prevaleció la posición de la Argentina, que argumentaba que el tribunal del Ciadi carecía de jurisdicción y por lo tanto no podía entender en el reclamo presentado por el demandante”.
Daimler había solicitado la anulación del laudo ante el Ciadi, por lo que se conformó un comité ad hoc para resolver la controversia. “El comité del caso decidió por unanimidad rechazar las pretensiones de anular el laudo dictado, en virtud de que el tribunal había cumplido, sin contradicciones, con su deber se resolver la cuestión que le fue sometida; no incurrió en una falta de aplicación del derecho aplicable a la controversia, y no violó norma procesal alguna”, completó Capitanich.
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