El magistrado sostuvo en su resolución que los delitos imputados "son de lesa humanidad y configurativos de genocidio", según convenios internacionales ratificados por leyes nacionales, mientras que dictó la falta de mérito para el ex agente penitenciario Benigno Balor.
Los procesamientos se produjeron en una ramificación de la causa principal denominada "Investigación de Delitos de Lesa Humanidad cometidos bajo control operacional del Comando V Cuerpo de Ejército".
Los oficiales fueron procesados por los secuestros, torturas, homicidios y desapariciones de siete personas, entre ellas un bebé nacido en cautiverio, ocurridos entre julio y diciembre de 1976 en Neuquén.
Entre las víctimas se encuentra Graciela Romero, embarazada de cinco meses cuando fue secuestrada el 16 de diciembre de 1976 en su casa de la localidad de Cutral Có, trasladada en un avión militar a Bahía Blanca y alojada el campo de concentración "La Escuelita", dentro del Quinto Cuerpo de Ejército. Allí dio el 17 abril de 1977 a un varón que habría sido entregado a uno de los hombres encargados de los interrogatorios del lugar. Todavía no se conoce el destino del chico.
El juez sostuvo que en todos los casos se llevó a cabo el mismo modus operandi: "Irrupción violenta y con amenazas en los domicilios o en la vía pública, secuestro de las víctimas, conducción de las personas a los centros clandestinos de detención -donde eran mantenidos en condiciones infrahumanas- y el sometimiento a interrogatorios mediante tormentos".
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