ECONOMíA › IMPACTO POR LA PROHIBICIóN DE APLICAR MEDIDAS CAUTELARES SIN AUTORIZACIóN JUDICIAL PREVIA

Los embargos de AFIP cayeron en picada

El fallo de la Corte Suprema que impide al organismo recaudador tomar medidas preventivas antes de que intervenga un juez provocó una caída de 90 por ciento en ese tipo de acciones. El máximo tribunal adujo que se buscaba evitar abusos.

 Por Javier Lewkowicz

A partir del fallo de la Corte Suprema que impidió que la AFIP dicte medidas cautelares sin previa autorización judicial, los casos de embargo bancario cayeron 88,3 por ciento, según fuentes del organismo recaudador. Una baja similar se produjo en las inhibiciones sobre automotores y en los créditos fiscales resguardados. Estos datos están en línea con las declaraciones que ayer realizó vía Twitter la presidenta Cristina Fernández (ver aparte), en el marco de la investigación a la aceitera Bunge, el caso de mayor fraude fiscal sobre el que haya estado detrás el Estado. Se le reclaman a la empresa unos 1200 millones de pesos. La imposibilidad de aplicar embargos preventivos limita el accionar de la AFIP también en este “megacaso”.

La facultad del organismo recaudador de accionar de forma preventiva sin tener que pedirle autorización al juez involucrado en el expediente se incorporó en 1999, con la modificación del artículo 92 de la Ley de Procedimiento Tributario. Según explican en el organismo, a partir de ese momento “la AFIP incrementó año tras año el cobro coactivo a los deudores impositivos en el marco del proceso judicial”. Esto llevó a que aumente la “percepción de riesgo” de los incumplidores.

Sin embargo, el pasado 17 de junio la Corte dispuso que la AFIP debe contar con una orden judicial para interponer medidas cautelares. Es decir que el juez a cargo tiene previamente que manifestar estar de acuerdo con la intención de la AFIP. La Corte argumentó que la modificación de 1999 al artículo 92 era “inconstitucional”, ya que afectaba la propiedad privada. “Introdujo una sustancial modificación del rol del magistrado en el proceso, quien pasó a ser un mero espectador que simplemente es informado de las medidas que una de las partes adopta sobre el patrimonio de su contraria”, explicó. El fallo no afectó los procedimientos que el organismo de recaudación había realizado con anterioridad a la sentencia.

“Ese fallo de la Corte produjo demoras excesivas en los procedimientos e implicó en los hechos un grave impacto negativo en las rentas públicas”, indican en la AFIP. Según detallan, la cantidad de embargos bancarios sufrió una disminución del 88,3 ciento, desde 10.092 casos en mayo de 2010 a 1178 en agosto, estos últimos ya con permiso judicial. También bajaron 29,9 puntos el monto de los embargos, que en mayo llegaron a 254 millones de pesos contra 178 millones en agosto.

En cuanto a la inhibición sobre automotores, el desempeño fue similar. En mayo se produjeron 8271 casos, contra 1376 en agosto, 83,4 por ciento menos. El monto de los créditos fiscales resguardados bajó un 98,2 por ciento, desde unos 268 millones de pesos en mayo hasta sólo cinco millones en agosto.

Estos datos reflejan una sensible caída en la efectividad para aplicar medidas cautelares y tiene efectos sobre el actual caso de Bunge, ya que según la normativa anterior, la AFIP hubiese podido interponer un embargo para resguardar la renta pública. La Corte destacó que se buscó preservar a los ciudadanos y a las empresas de acciones eventualmente abusivas.

Por otro lado, la actual Ley Penal Tributaria establece que los actos de evasión que superen el millón de pesos –como el de Bunge– representan “fraude agravado”. En estos casos el organismo tiene la potestad de solicitarle al juez que los empresarios queden detenidos. En la AFIP no descartan hacerlo, pero indican que para que llegue esa instancia la causa deberá seguir avanzando en la misma línea que lo viene haciendo.

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En el caso de supuesta evasión de la cerealera Bunge, la AFIP no puede embargar por su cuenta.
Imagen: Alejandro Elías
 
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