ECONOMíA

El dinero se privatiza, y el impuesto también

Por Julio Nudler

Cuando alguien compra en la Argentina un producto paga, como se sabe, el IVA, impuesto que representa, si corresponde la alícuota general del 21 por ciento, un 17,4 por ciento del monto que desembolsa en caja. De esto es plenamente consciente. Pero probablemente no considera que, además, en la factura le viene cargado otro tributo, que se diferencia del IVA en varios aspectos. Uno es que no está explicitado. Otro, que su alícuota es variable. Pero la distinción más relevante es que no lo percibe el fisco sino algún banco o un gran conglomerado financiero. Habrá que admitir, por tanto, que denominar impuesto a ese cargo puede ser abusivo, pero no faltan razones para hacerlo. Contribuyente de ese gravamen es todo aquel que paga con tarjeta, y es sencillo constatar que cada día es mayor la proporción del presupuesto personal y familiar que se salda con un plástico. Según piensan algunos economistas, quizá con cierta dosis de tremendismo, las nuevas tecnologías harán que Visa, Mastercard, American Express y algunas más acaben siendo las mayores recaudadoras universales de un impuesto privado al consumo. Y, con ello, un puñado de bancos estadounidenses se convertirán en gigantescos recaudadores. ¿Será realmente así?
Cuando una tarjeta le impone a un comercio un cierto porcentaje de descuento como retribución a su servicio, lo esperable es que el comerciante traslade ese costo al comprador. Esto puede hacerlo de dos maneras. Una, diferenciando el precio de venta, cobrándole uno más alto a quien paga con tarjeta. Otra, aplicando el mismo precio, independientemente de que el comprador le pague con papel o con plástico. En tal caso, distribuirá entre todos los clientes el descuento que le efectúan las tarjetas. Ambas modalidades son usuales en la Argentina, siendo la segunda la característica de las grandes tiendas y de las cadenas minoristas.
Así como el papel moneda desplazó al oro y la plata, es ya predecible que el dinero electrónico relegará al papel moneda a un rol muy secundario, o lo eliminará del todo. Pero esto significa que el impuesto privado al dinero electrónico se universalizará, gravando virtualmente todos los consumos que se realicen en el mundo. Quizás haya razones para negar que se trate de un impuesto, alegando que los cargos que cada emisor de tarjeta le realiza a los usuarios y las quitas que efectúa sobre el monto de ventas de cada comerciante sean simples aranceles por la prestación de un servicio. Sin embargo, se trata de un servicio del que es cada vez más difícil prescindir.
Hay, por ejemplo, cadenas de comercios que realizan ofertas y descuentos a los que sólo se puede acceder si se paga con alguna tarjeta en particular, o con cualquiera, pero no con efectivo. Es un medio eficaz para generalizar el uso de dinero electrónico, y/o del de algún emisor en particular. En otros casos, con o sin ofertas, no hay otro modo de pagar sino con tarjeta: toda compra por internet se cancela con una tarjeta. Si ésas son las transacciones del futuro, será inevitable pagar el impuesto privado al dinero electrónico. Significativamente, como la tarjeta no compite en internet con ningún medio de pago alternativo, las comisionesque cargan los emisores son las más altas, y hay quienes sostienen que es esto lo que impide un crecimiento más rápido de esa modalidad de comercio.
Pero, ¿la tarjeta es realmente dinero, es decir, un medio de pago, o es solamente una orden de pago, como el cheque, que no tiene poder cancelatorio de una obligación? La cancelación recién sobreviene cuando el importe del cheque es debitado de la cuenta del librador, porque el medio de pago es realmente el dinero que hay depositado. Si la tarjeta es de débito, como el débito en cuenta es simultáneo, la cancelación es inmediata, con lo que ese plástico equivale a un billete de banco. Es dinero. Si la tarjeta es de crédito sucede algo similar: la validación por parte del emisor cancela la operación respecto del comerciante. Desde ese momento, la obligación del usuario no es con quien le vendió el producto sino con el banco que le dio la tarjeta, dotándola de un cierto margen de crédito. Por ende, no parece tan inapropiado referirse a las comisiones y los descuentos que aplican las tarjetas como un impuesto privado al dinero electrónico, y decir que a medida que éste se convierta en casi el único dinero utilizado, ese impuesto caerá sobre el dinero en general.
Ocurre que la lógica con la que se diseña ese gravamen privado no se parece a la que se esperaría de una política tributaria. Por ejemplo, súper– e hipermercados pagan alícuotas muy inferiores a las que deben afrontar los comercios minoristas pequeños, favoreciéndose la concentración. El tema en la Argentina parece menos relevante porque la tasa general del IVA es del 21 por ciento, pero en países donde es de sólo un dígito (5 por ciento en Estados Unidos), el tributo privado al dinero tiene, como imposición indirecta, una importancia relativa mucho mayor.
En el caso de otras formas de dinero, en un comienzo fueron emitidas por privados, pero luego esa función pasó a corresponder al Estado. Lo que ahora se plantea es si no debería suceder lo mismo con el dinero electrónico, evitándose así que su emisión sea el negocio de un oligopolio de entidades financieras, erigidas en algo así como las AFJP de una moneda privatizada.

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