EL PAíS › EL GOBIERNO LANZó UNA AMPLIA MORATORIA PARA DEUDAS IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES CON PLANES DE HASTA 120 CUOTAS

Diez años para ponerse al día con el fisco

La medida es para todas las obligaciones tributarias y de la seguridad social vencidas o en infracción al 31 de diciembre de 2007. Es un intento por elevar la recaudación y liberar a las empresas de la “mochila fiscal”, según explicó el Gobierno.

El Gobierno presentó ayer los detalles del proyecto de ley del Régimen de Normalización Tributaria. La iniciativa busca, a través de una moratoria que alcanza hasta diez años, la regularización de todas las deudas contraídas o vencidas hasta el 31 de diciembre del año pasado. “El plan es tanto para pymes como para las grandes empresas, y pueden acceder aun cuando estén en una instancia de discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial o en un plan de facilidades”, dijo el jefe de Gabinete, Sergio Massa, durante una conferencia de prensa en Casa de Gobierno. Al igual que el resto de las propuestas que integran el paquete, la salvaguarda para acceder a los beneficios será que el empleador “mantenga la plantilla total de trabajadores al momento de entrada en vigencia” de la ley.

Se trata de la primera moratoria desde 2002 y el jefe de Gabinete la calificó como una de las más importantes por su amplio alcance. Desde el Gobierno se explicó que es un intento de liberar a las empresas de la “mochila fiscal” para que puedan seguir invirtiendo, mientras que desde sectores de la oposición cuestionaron que se abra una puerta a los evasores para ponerse al día, con lo cual se discrimina a quienes pagaron sus obligaciones regularmente.

El acogimiento a la moratoria será por única vez, para lo cual habrá seis meses a partir de la publicación en el Boletín Oficial. La iniciativa alcanzará a todos los contribuyentes que registren deuda por “obligaciones vencidas o infracciones cometidas al 31 de diciembre de 2007”, según los considerandos del proyecto de ley. El programa excluye las obligaciones e infracciones vinculadas con regímenes promocionales que ya concedían beneficios tributarios.

También quedan excluidos quienes se encuentren en estado de quiebra, denunciados o querellados por la ex Dirección General Impositiva o por la AFIP o denunciados formalmente por delitos comunes y “quienes ejerzan o hayan ejercido la función pública”.

El proyecto establece además un plan de facilidades de pago diseñado por la AFIP. “La modalidad será el pago de un anticipo y el resto en 120 cuotas, lo que permitiría que en diez años regularicen su situación con el fisco argentino”, adelantó Massa, secundado por el ministro de Trabajo, Carlos Tomada; de Economía, Carlos Fernández; el secretario Legal y Técnico, Carlos Zannini; y el titular de la AFIP, Claudio Moroni, durante la presentación en la Rosada.

El plan implica un pago a cuenta equivalente al 6 por ciento de la deuda y el saldo hasta en 120 cuotas mensuales. El interés sobre la financiación será de 0,75 por ciento mensual. La AFIP reglamentará el régimen de regularización de deudas tributarias previsto en el proyecto, dentro de los treinta días corridos a partir de la entrada en vigencia de esta ley y las normas complementarias.

Tal como anticipó anteayer la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, las medidas contarán con las salvaguardas necesarias para evitar maniobras suspicaces dentro de las propias plantas. Es por ello que el artículo 44, con los considerandos generales para todo el paquete, establece que “los beneficiarios alcanzados por la presente ley, que fueran empleadores, mantendrán los beneficios alcanzados por las disposiciones de la misma, mientras que no disminuyan la plantilla total de trabajadores al momento de entrada en vigencia de la medida”.

La adhesión al régimen “producirá la suspensión de las acciones penales en curso y de la prescripción penal, cualquiera sea la etapa del proceso en que se encuentre la causa, siempre y cuando la misma no tuviera sentencia firme”, detalla el artículo 3 del proyecto. Asimismo, la cancelación total de la deuda en las condiciones previstas, ya sea de contado o mediante un plan de facilidades de pago, implicará la “extinción de la acción penal”, en la medida en que no existiera sentencia firme. Por el contrario, el incumplimiento total o parcial del plan de facilidades reanudará la acción penal o la promoción por parte de la AFIP de la denuncia que corresponda, en aquellos casos en que el acogimiento hubiese sido antes de su interposición.

La deuda consolidada que se reconoce contempla capital más 30 por ciento de intereses para quien se adhiera en los primeros dos meses; 40 por ciento entre el tercero y cuarto; y 50 por ciento para el quinto y último de vigencia. El resto se condona, salvo “los intereses correspondientes a los aportes previsionales retenidos y no ingresados; e intereses y multas derivados de los aportes y contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales y de las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo”.

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Se trata de la primera moratoria desde 2002. El Gobierno la calificó como una de las más importantes por su amplio alcance.
Imagen: Bernardino Avila
 
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