EL PAíS

La democratización del Poder Judicial

Un espacio de debate sobre los cambios en la Justicia.

OPINION

Por Jorge Auat *

Por quién doblan las campanas

Cuando el 6 de diciembre del año pasado la Comisión Nacional de la Independencia Judicial junto con la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, entre otros, publicó el comunicado declamando y reafirmando la independencia del Poder Judicial, la que está garantizada por la propia Constitución conforme ellos mismos lo señalan, tuve la convicción de que estábamos en presencia de una expresión más del espíritu corporativo cuyo ADN se evidencia –aunque quizá como nunca antes– en cada circunstancia en la cual la Justicia se saca la venda. Cuando se recluye, cuando no puede dar explicaciones, ahí el ropaje jurídico le sirve de coartada.

Esto produjo una reacción en cadena de singular magnitud: éramos muchos los que no teníamos nada que ver con ese comunicado. No nos sentíamos representados. Y en consecuencia nació el foro de autoconvocados que disparó una discusión que en rigor estaba postergada, o peor aún, deliberadamente ignorada: había que cambiar la historia. Y claro, era la oportunidad. Estamos en estado de emergencia institucional y hay que instalar la discusión para un urgente cambio de paradigmas. Sin duda muchos tuvieron ataques de tos. Estábamos alborotando el gallinero y les había llegado la hora: terminar con privilegios oprobiosos que irritan a la sociedad y generan consecuentemente un rechazo visceral que profundiza y agudiza el desprestigio. El comunicado del 6 fue una carta marcada, la jugada era evidente. Entre tantos ditirambos por la independencia judicial había un grito que no se podía silenciar, que era el de la corporación. Tanto es así que se cura en salud: “... esta manifestación no puede ser confundida con la defensa de intereses corporativos”. Como me dijo un amigo alguna vez: “Jugá la carta que te la vi”.

El funcionamiento corporativo del sistema judicial no es moco ‘e pavo. Conspira gravemente contra el Estado de Derecho. Esa corporación fue –como tal– funcional a las dictaduras. Lo decía con claridad José Massoni hace unos días en este mismo espacio: desde el año 1930 en adelante compartieron la marquesina con los gobiernos de facto. Fueron operadores eficaces de los estados policiales y creo no haber escuchado nunca en aquellos tiempos ignominiosos que se haya reclamado independencia judicial. Es más, un testimonio cabal de la patología que describo lo constituyen las causas por los crímenes de lesa humanidad: magistrados y funcionarios ponían cepos insalvables para avanzar en las investigaciones y esto no era otra cosa que el cuño de la corporación. En esas causas hay nombres de jueces, fiscales y secretarios directamente vinculados con los hechos. Las denuncias en el Consejo de la Magistratura corrían la misma suerte que las causas que las motivaban. Casos graves, quizás el más emblemático fue el de Olivera Pastor en Jujuy, un secretario a cargo del juzgado cuyo expediente estuvo más de tres años en manos de un consejero sin trámite, paralizado hasta que renunció por una movilización de los organismos de DD.HH. y de la Tupac Amaru. Todo ello con pleno conocimiento de la Cámara Federal de Salta que tiene superintendencia en esa jurisdicción. Inclusive, uno de sus integrantes, Renato Rabbi Baldi Cabanillas, ensayó una defensa de ese juez en la Comisión Interpoderes de la Corte, con argumentos inadmisibles. Cómo no se iba a enseñorear la impunidad en semejante escenario. Nos cacheteaba la cara, nos hacía un corte de manga. En definitiva, una muestra impúdica del poder corporativo, el último y el más estratégico de los instrumentos para garantizar esa impunidad. Los procesos judiciales por los crímenes de lesa humanidad han sido y son quizás el lugar más patético donde se desnudó la corporación. Allí también se oía con frecuencia “independencia judicial”. Claro, cómo no van a huir por ese camino, si la estaban poniendo a prueba. Había que rendir cuentas y ése era el problema. Cuando se habla tanto de la independencia me viene a la memoria una expresión de Scalabrini Ortiz: “Quieren liberar a los argentinos de la intromisión de los argentinos”.

Hubo un episodio que encaja cono anillo al dedo con lo que vengo describiendo, que pinta el poder de la corporación: para cubrir una vacante en la Cámara de Casación Penal, al margen de la ley aplicable al caso –que establece un mecanismo de sorteo entre los jueces de las distintas Cámaras del país–, Luis Cabral, presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios (antes miembro del Consejo de la Magistratura reemplazado por Ricardo Recondo y éste antes presidente de la Asociación, es decir un cambio de funciones) fue propuesto por uno de los integrantes de la propia Cámara, Raúl Madueño, quien no sólo llevó la propuesta, sino que además votó a favor de su incorporación. A una presentación que hice como fiscal cuestionando esa designación –antes ya lo había hecho el CELS–, la Cámara lo ratifica y el propio Cabral está presente en la deliberación. Un ejercicio de musculatura de la corporación que marca claramente quién tiene el Poder (corresponde aclarar que el juez Alejandro Slokar votó en disidencia).

El poder corporativo tiene hacia adentro un tinte casi pastoral que le da vigor, permanencia y vigencia, y es por eso que el comunicado que firma la Asociación (de la que soy socio) lo hace en mi nombre y el de todos, porque la tecnología de ese poder le permitió hablar en nombre de todos, del rebaño, siguiendo a Foucault.

Viene bien, a propósito, citar a Alberdi en su Peregrinación de luz del día, parangonando a la libertad con la tan mentada independencia judicial de la que hablamos: “Aunque impotente y confinada en la inacción, ella vive disputada por dos clases de enemigos o pretendientes, a saber: los bribones de un lado y los imbéciles de otro. Los unos la explotan so pretexto de servirla, los otros acaban de arruinarla so pretexto de defenderla. El jefe de los primeros, siento decirlo, es nuestro amigo Tartufo; el de los segundos, es nuestro Don Quijote”. Pobre Independencia.

Desde luego no es fácil salir del rebaño. Es probable un escenario de réprobos y salvos. Pero si no lo intentamos, esto no cambia. El desafío está lanzado, no hay vuelta atrás. A partir del 27 nada va a ser igual. “No preguntes por quién doblan las campanas. Doblan por ti.”

* Fiscal general a cargo de la Unidad fiscal de coordinación y seguimiento de las causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado.

OPINION Por Guido Leonardo Croxatto *

La democratización y el derecho

Cuando se habla de la democratización de la Justicia, lo que se está diciendo es que la memoria dejó una marca en el derecho argentino, que tuvo o debe tener sobre la actuación de la Justicia a nivel Poder Judicial un impacto aún más profundo, que capitalice la experiencia vivida en los juicios de derechos humanos. Esos juicios les cambiaron el rostro a la democracia y al funcionamiento de la Justicia. Cambiaron lo que los abogados jóvenes entendemos por Derecho. El sentido de esos juicios es la democratización y es la palabra. No sólo la justicia, sino la democracia. El sentido de esos juicios es transformar la sociedad, de modo que una situación como la del Proceso, con jueces como los del Proceso, que una sociedad cómplice como la del Proceso, no se repita. Eso es lo que quiere decir una Justicia más “democrática”. Una Justicia abierta, que escuche, que defienda la democracia, que se comprometa, que trabaje por el derecho a tener derechos (Arendt), de los que no saben qué significa tener un derecho. Una dignidad. Una familia. Una oportunidad. Un afecto. Un vínculo. Una identidad. Un futuro. Que trabaje por el derecho de los que viven en la calle, de los que son desclasados, de los incapacitados por la sociedad, encerrados. Olvidados por el Derecho. El derecho es la antítesis del olvido. Dos puntos esenciales de la democratización son:

1) El cambio –paso– del modelo tutelar del Código Civil argentino (que sigue declarando “incapaces” a las personas, que les pone un “curador” que las representa, pero en rigor las excluye; el juicio de discapacidad o de insania es presentado como un “favor” por el Derecho, no como una “carga”, por eso se presume que la persona discapacitada no necesita “defensa” porque la incapacitación es un “bien”; un código que sigue hablando de mujeres “dementes”, de “idiotas”) a un modelo social, que entiende la discapacidad como una construcción y como una barrera. De ese modo se invierte absolutamente lo que entendemos por “discapacitado”. Se invierte lo que venía entendiendo el derecho por discapacidad. Ya no se puede hablar de personas “discapacitadas”, sino de sociedades –y derechos– que discapacitan. Que no ven. Que “declaran” la discapacidad para no verla. Este cambio de modelo tutelar alcanza no sólo a los “discapacitados” sino también a los menores que dejan de ser vistos como “objetos” a ser “tutelados” desde arriba por sus padres y empiezan a ganar en autonomía, en voz y en derechos. Son vistos no ya como “objetos” sino como sujetos de derecho. Como personas con palabra. Con autonomía.

2) La asunción de una perspectiva de género está directamente vinculada con la necesidad de construir una Justicia más democrática (y también se vincula esto, este avance de la mujer, precisamente al definitivo abandono del “modelo tutelar” en el Derecho) que vea a la mujer, que desnude todas las instituciones (penales, civiles), leyes, que fueron pensadas a lo largo de la historia contra la mujer, para “protegerla”, para “tutelarla” como a los niños, instituciones del derecho (del hombre, dirá Frances Olsen) que consolidan o refuerzan un estereotipo, el lugar en la sociedad de la mujer como madre, como cuidadora (Etica del Cuidado). Leyes que siguen presentando el rol de la mujer como un “beneficio”, la prisión domiciliaria (de la mujer, por tener “un menor o un discapacitado a su cargo”) como un “privilegio”. Como se ve, el modelo tutelar siempre trató de modo semejante/próximo a los discapacitados y a la mujer. Los vincula. Vincula la discapacidad con la maternidad. El ser discapacitado con el ser mujer. Por eso la mujer como el discapacitado –como el menor– eran siempre seres tratados –incluso hoy, es la letra de nuestro derecho– como “menores” que deben ser tratados por el curador-tutor con el criterio de un “buen padre de familia”. Esto se hace por su “bien”. La democratización de la Justicia es abandonar el modelo tutelar. Abandonar la “minoridad” de menores, la “minoridad” de las mujeres, de los incapaces, de los “enfermos dementes”. Es empezar a escuchar lo que no quiso ser escuchado. Acabar con la discapacidad es acabar con la “tutela”. Es asumir que todas las personas tienen derechos y tienen palabra.

Como se ve, al final del camino estos “dos puntos” son uno solo: el abandono de la “tutela” alcanza a todo el derecho. El abandono del modelo tutelar del Código Civil también implica un abandono de la “tutela” en el campo penal. Del derecho penal autoritario. Acostumbrado a encerrar y “tratar” a personas. “Reeducarlas” para que sean “normales”. El gran punto de la democratización es el abandono del modelo tutelar que margina “incapaces”, y sobre todo mujeres por no estar “listas” para ser independientes.

El derecho debe repensar la salud mental, debemos repensar cuál es la línea que separa a las personas “enfermas”, locas, de las personas “normales”. Cómo esas personas “discapacitadas” son tratadas por la sociedad. Y cómo son tratadas por el derecho. El primer paso para no marginar es no estigmatizar a “enfermos”: no declarar “discapacitados” donde solo deben ser vistas personas. El derecho no debe “declarar” la discapacidad, debe combatirla. El derecho no puede convalidar lo que la sociedad hace con las personas “discapacitadas” declarando que ellas “son” lo que la sociedad hace con ellas: discapacitados. El derecho está para revertir esto. No para “declararlo”.

El cambio de paradigma legislativo llegó con la nueva ley de salud mental, que toma en cuenta una perspectiva de género, gran avance, pero el nuevo modelo que trae esa ley necesita tiempo para ser comprendido por los funcionarios y operadores jurídicos que siguen trabajando y pensando (porque han sido educados y formados para trabajar así) sobre la base de la “discapacidad” (exclusión/abandono) del “discapacitado”. Sobre el silencio del “incapaz”. El discapacitado no tiene palabra.

Una Justicia democratizada es una Justicia que no conoce la complicidad, la selectividad, el olvido, el silencio. Eso trae la democratización. La contracara de la democratización es el abandono. El sentido de la democratización es la visibilización de lo que muchas veces es olvidado, queda invisible. La mujer, los discapacitados, los niños menores, los “insanos”, los “enfermos”, los “dementes”, los y las “idiotas”, han sido los grandes invisibles de nuestro derecho. Democratizar es hacerlos visibles de nuevo. Es tratar por fin como sujetos a los que hasta el día de hoy son y han sido objetos mudos del derecho y de la sociedad. Democratizar es hacer visible lo que es invisible por el derecho. Democratizar es aprender a escuchar lo que no quiere ser escuchado.

* Asesor de la Secretaría de Derechos Humanos.

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